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viernes, 19 de mayo de 2017

Privilegio en que se concede Tempul a Jerez

Misceláneas a la Villa de Ubrique
Por Rafael de Aragón Macías
AMU


Por Esperanza Cabello

Nuestro trabajo con el manuscrito de Rafael Aragón Macías continúa día a día. Aunque ya hemos terminado la primera transcripción, hay un montón de detalles que queremos revisar y hay cientos de historias que queremos compartir.
Después de tantos años trabajando en las Misceláneas con nuestro compañero el investigador y profesor Antonio Domínguez, hemos comprobado un sinfín de datos curiosos, tanto para nuestro pueblo como para todos los pueblos de alrededor, incluso para la historia de España en general.
Hoy queremos publicar la transcripción de un texto muy curioso, se trata del Privilegio por el que el rey Alfonso XI concede Tempul a Jerez.
No solo es curioso por su antigüedad (el original es del siglo XIV), sino porque traza la línea fronteriza de la zona conquistada que se entrega a Jerez, y al otro lado aún estábamos nosotros, en la época éramos aún árabes.

Hemos hecho además una pequeña búsqueda, y nuestro amigo Agustín García Lázaro nos ha enviado algunas de las copias que ya existen de este texto, entre ellas la más interesante es la del Arcense Miguel Mancheño Olivares.
También hemos podido saber que en el libro de la Historia de Ubrique, de fray Sebastián, está también la transcripción de este privilegio, pero no hemos querido, por el momento, cotejarla, para poder publicar nuestra versión.
Nos queda alguna duda sobre las fechas, las dos que aparecen en las misceláneas son  1351 y 1371, pero el rey Alfonso XI había muerto en marzo de 1350. No estamos seguros de cuál sería la fuente de Rafael Aragón, pero todo parece indicar que el primer documento original está fechado en diciembre de 1313.



ALFONSO XI, hijo del rey Fernando IV, fue rey de Castilla y de León. Había nacido en Salamanca el 13 de agosto de 1311 y murió en el cerco de Gibraltar en 26 de marzo de 1350. Casado con María de Portugal, fue padre de los reyes Pedro I el Cruel y Enrique II de Castilla (éste hijo de Leonor de Guzmán). Era bisnieto de Alfonso X el Sabio y nieto de la entonces regente María de Molina, la esposa de Sancho IV.


Con nuestros mejores deseos, queremos dedicar este texto a nuestros amigos jerezanos:


Privilegio en que se concede Tempul á Jerez

         Sepan cuantos esta Carta vieren como Nos don Alfonso por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Toledo, de Leon, de Galicia, de Sevilla, de Cordoba, de Murcia, de Jaen, de Algarbe, é Señor de Vizcaya é de Molina etcétera[1]= Vimos una Carta escrita en pergamino de cuero, sellado con nuestro sello de cera colgado que ovieron dado la Reyna doña Maria, nuestra Abuela y el Ynfante don Pedro nuestro Tio (que Dios perdone) al Concejo de Jerez de la Frontera, é gracia que ellos eran nuestros Tutores, la cual es fecha en esta guisa. Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla etcétera[2].
Al concejo y Justicia de Jerez; salud y gracia. Sepades que Rodrigo Alfonso, Gonzalo Garcia y Rodrigo Darias y Esteban Garcia y Juan Martinez de Arenas y Domingo Gomez y el Jurado Ramos Perez el Adalid, vuestros vecinos vinieron ante mi y ante el Ynfante don Pedro, mi tio é mio Tutor, é me pidieron por merced que les confirmase las Cartas é los Previlegios que vos habedes de los Reyes de donde vengo; é otrosi los Fueros é buenos usos é costumbres é franquezas, libertades é mercedes que avedes en esta razon. E yo con consejo y con otorgamiento de la Reyna doña Maria, mi Abuela y del Ynfante don Pedro mi tio, é mios Tutores, confirmo vos las Cartas é Previlegios é Fueros é usos, é franquezas, é libertades, é las mercedes que avedes de los Reyes donde yo vengo: é tengo por bien que pongades Alcalde, Alguacil, Escribanos, y Oficiales cada año, segun vuestro Fuero é segun lo avedes por los Previlegios é Cartas del Rey don Alonso, é de el Rey don Sancho, é de el Rey don Fernando, mio Padre; en tal manera que si yo faltare é la Reina doña Maria mi Abuela y el Ynfante don Pedro mio Tio, e mios Tutores, que usados estos oficios como non debedes é non hacedes justicia, que yo é los dichos mios tutores, ó cualquier de ellos, que podamos facer aquello que hallaremos que a nuestro servicio é pró de la Villa.
E otrosi por vos facer mas bien y merced de vos el Castillo de Tempul con sus terminos, que lo ayades por vuestro Termino, asi como Vos lo dio el Rey mio Padre; é vos que seades tenidos de guardar el Castillo é los Pobladores que y son, ó seran de ai adelante para mio servicio, y para la guarda de vuestras Villas: los Terminos son estos que aqui dire=
Dó parte Del mojon que esta en la Cumbre que esta sobre el caño de Hercules dó parte termino Jerez con Arcos, é con Alcalá, é dende adelante hasta otro mojon, dó se ayunta el Arroyo de la Fuente de Gigonza á el arroyo de la Salina; y el otro mojon caba[3] adelante que está encima de la Cantera de Gigonza, que á ojo á Peña Arpada, é a la Bastida: y el otro mojon adelante está a par de Gigonza la vieja cerca del camino que va de Arcos á Alcalá: y el otro mojon adelante está en la Cabeza grande que está entre Gigonza la vieja é Pajarete: y el otro mojon adelante está en la cumbre del Cerro de Fraxa y va caba adelante por la cumbre hasta el Puntal de la Sierra de las Cabras: y va el otro mojon a un Castellar antiguo, como vierten aguas á Barbate. Y el otro mojon va caba adelante y sube a una carrera antigua á mano izquierda de esta Cabeza que va á ayuntarse con el camino que va de Tempul a Benahazin; é donde torna un cerro raso á yuso[4], partiendo Termino Gales con Benahacin y es Jules de Jerez y Benahazin de Alcalá; é da consigo dó se ayunta a una Garganta que se levanta de la Sierra del Algive, y se ayunta en el Rio que sale del Puerto de Gales; é va el Rio ayuso, partiendo termino Alcala con Jerez hasta la Breña cerca de Hozgarganta.
         E torna Hozgarganta ayuso hasta la Pasada de dos hermanas é torna el cerro arriba, hasta que da en el camino que viene de Jimena á Benajut el camino adelante, y el otro mojon va ó se departe el camino de Cardela, de Garciago é de Benajut: y de este mojon adelante va por cima de la cumbre, aguas vertientes á Guadiaxen hasta en el Berrueco de Garciago: y toma de este Berrueco por medio del Cerro, aguas vertientes a Benajut y Garciago; y viene vertiendo por medio del cerro, y pasa el Rio de Guadalcazin; y viene derecho a la cabeza Alcornocosa de Atrera; y dende en adelante atraviesa por el Amojo del arroyo de Peñapagar, pegado a la Sierra de Algar.
Y va al E dende a un arroyo que se levanta en par de la Aldea de Algar y va a dar en el Rio de Benahaguna y á el arroyo de Benahaguna ayuso hasta dó da en Guadasacain, y caba adelante Guadasacain ayuso hasta en la hoz de Guillena; e caba adelante de la hoz de Guillena hasta en la Torrecilla que está sobre el Rio del Sotillo; y caba adelante á el Aldea de Labadin; y de la Aldea de Labadin atraviesa el Rio Guadalete, y va á mojon cubierto de Macharramak.
         E otrosi porque los dichos vuestros Mandaderos me mostraron un traslado de un Privilegio del Rey don Sancho mio Abuelo, en que tubo por bien que los Judios de Jerez no den portazgo[5] en ningun Lugar de los Reynos, é que hayan la gracia que han los Cristianos é moradores en Jerez pidieronme merced que tuviese por bien que les fuese guardada esta merced que el Rey don Sancho mi Abuelo les hiciera, é les confirmara el Rey mio Padre e yo por les hacer bien y merced, confirmosela, é mando que les vala y les sea guardada, segun que les valio en el tiempo del Rey don Sancho é de el Rey don Fernando mio Padre y defiendo[6] firmemente de ir ni de pasar al Concejo de Jerez, ni a los Judios contra esto, que yo mando; si no cualquier ó cualesquier que lo ficieren, pecharme[7] en pena mil maravedis de la moneda nueva cada uno, y demas a los cuerpos, é á cuantos oviesen, me tornarian para ello: y de esto les mandé dar esta Carta sellada con mi sello colgado, dada en Sevilla á treinta dias de Diciembre Era de mil trescientos y cincuenta y un años= Yo Juan Martinez la fize escrevir por mandado del Rey, é de la Reyna doña Maria y del Ynfante don Pedro, su tio, y sus Tutores. Obispo don Simon.

         Y ahora el dicho Concejo de Jerez enviaron á nos pedir con Gonzalo Martinez, su vecino y su Mandadero, por cuanto nos habiamos dado la dicha nuestra Carta, y fecho la dicha merced, en el tiempo de la Tutoria, que nos non eramos de edad, y nos habiamos revocado por Cortes todas las Cartas, y Mercedes que fueron fechas y dadas y confirmadas  en este dicho tiempo; que tuviesemos por bien de les otorgar y confirmar la dicha carta y donacion por que la oviesen, segun que la ovieron y avian hasta aqui. Y nos por hacer bien y merced al Concejo de Jerez, porque es nuestra voluntad de les acrecentar mas terminos, por que la dicha Villa mas é ayan mas los que en ella moran, para nos servir, é por servicio que nos han hecho, y hacen de cada dia en la guerra de los Moros, é por las grandes perdidas é muertes que ahi toman; é otrosi porque sopiesemos por cierto que este dicho Castillo que se lo habia dado el Rey Don Fernando nuestro Padre (que Dios perdone.) Y viendo Nos que es nuestro servicio, confirmamosles y otorgamosles la dicha Carta, y la dicha donacion que les ficiesemos del dicho Castillo con todos sus terminos, segun dicho es: y tenemos por bien que lo ayan libre, é quito[8] para siempre jamas por juro de heredad con todos los Pobladores desde que ahora son é seran de aqui adelante con todos sus terminos, y con montes y con pastos, y con aguas, y con entradas, y con salidas, é con todos sus derechos, é pertenencias, cuanto ha y debe de aver, segun que en la dicha Carta se contiene: é ellos, que nos hagan dél guerra é paz, é nos acojan en el Yrado, y pagado, asi como lo son tenidos de hacer por la dicha Villa de Jerez. Y retenemos para Nos, é para los Reyes que reinaren despues de Nos, la moneda forera[9], cuando nos la dieren los de nuestra tierra; y mineros de oro y plata, ó de otro cualquier metal que uviere. Y mandamos por esta nuestra Carta a los Pobladores y moradores del dicho Castillo de Tempul que ahora son, y seran de aqui adelante que obedezcan al dicho Concejo de Jerez de aqui adelante, en todas las cosas, asi como su Termino, y que vayan con ellos a su llamado y a su apellido cada que cumpliere; y no fagades ende al por ninguna, si no, a ellos, é á cuantos oviesen nos tornariamos por ello. Y sobre esto mandamos y defendemos firmemente por esta nuestra Carta que ninguno ni ningunos, no sean osados de les ir, ni de les pasar, ni de les contrallar, ni de les embargar esta donacion que les Nos hacemos, ni ninguna cosa de ella por ninguna manera, segun dicho es, y si no, cualquiera que los hiciere pecharnos ia[10] en pena mil maravedis de la moneda nueva cada uno por cada vegada[11], y al dicho Concejo de Jerez, ó a quien su voz tubiere todos los daños y menoscabos que por ende recibieren, doblados: y de esto les mandamos dar esta nuestra carta, sellada con nuestro sello de plomo: dada en Valladolid á veinte dias de Febrero, Era de mil trescientos y setenta y un años. Yo Alfonso Gonzalez la fise escrevir por mandado del Rey. Alfonso Gonzales= Gonzalo Perez= Juan Alfonso



[1]  Aparece el signo &
[2]  Idem
[3] Cerca de/ immediato. Deformación del latín caput, con el significado de confín u orilla
[4] Abajo
[5] No cobren impuestos
[6] Prohibo
[7] Pagarme
[8] Exento
[9] Forero: Lo que se hace conforme a fuero
[10] Pechar: pagar absolutamente. Es muy curiosa la forma del condicional: añade la desinencia -ia al infinitivo pero después del pronombre: “pechar-nos-ia: nos pagaría”
[11] Por cada vez

jueves, 25 de septiembre de 2014

La inauguración del pantano de Guadalcacín, 1906

El imparcial, 16 de febrero de 1906

Por Esperanza Cabello

Nuestras excursiones a la Biblioteca Nacional de España son siempre muy fructíferas. Encontramos datos, imágenes, curiosidades, personajes...
Hoy hemos estado leyendo el reportaje de la inauguración del pantano de Guadalcacín por el Ministro de Fomento, don Rafael Gasset y Chinchilla.


                                                           Rafael Gasset y Chinchilla
                                            Ministro de fomento con el rey Alfonso XIII

Aunque el pantano de Guadalcacín está relativamente cerca, su relación con Ubrique es solo porque una parte de las aguas de nuestros ríos van a parar a este pantano, puesto que en realidad los que lo utilizan para regar son los agricultores de Arcos y Jerez. 
De todas formas, es muy curioso leer el relato de aquella jornada histórica, que debió de significar mucho en una Andalucía deprimida y pobre, en la que no había ni pan ni trabajo.




Viaje del Ministro de fomento El Imparcial, 1908
Las obras del Guadalcacín. Inauguración

Jerez, 15 (7,45 noche)



A las ocho de la mañana salió el ministro de Fomento y las comisiones que le acompañan para el lugar en donde habían de inaugurarse las obras del pantano del Guadalcacín.
La comitiva ocupaba seis automóviles y nueve carruajes.
En el sitio en donde se había de celebrar la inauguración de tan importantes obras esperaban al ministro más de ocho mil personas de los pueblos inmediatos.
Al llegar el automóvil que conducía al ministro, aquel gentío prorrumpió en vivas y aplausos que no cesaron hasta que el señor Gasset bajó del carruaje y se aproximó a los grupos, dirigiéndoles palabras de agradecimiento por aquella manifestación de afecto que le tributaban.
El pantano de Guadalcacín tendrá gran importancia.
El embalse alcanzará una extensión de 15 kilómetros y contendrá setenta y seis millones y medio de metros cúbicos de agua procedente del Guadalcacín, río que recoge las aguas en Grazalema y Ubrique y que se une al Guadalete en La Pedrosa, lugar inmediato al vivero de Obras Públicas.
Con el agua del pantano se regarán 10.000 hectáreas de terreno, de las cuales 1.300 corresponden al término de Arcos de la Frontera y 8.700 al de Jerez, beneficiando en su totalidad a los llanos de Caulina, tierras próximas a Jerez.
La altura de la presa tendrá 34 metros.
El estudio ha sido hecho por el distinguido ingeniero de caminos don Pedro González Quijano.
Las obras tendrán que estar terminadas en el plazo de tres años.
Cuando el ministro llegó a la tienda de campaña dispuesta para la inauguración de las obras, fue saludado con vivas y aplausos.
El Arcipreste, señor Nolle, revestido de pontificial, bendijo las obras. En aquel momento, aquella multitud que presenciaba el acto guardó un silencio sepulcral.
El ingeniero Sr. Quijano me dijo que para dar idea de la cantidad de agua que contendrá el pantano, basta decir que si se llenara de vino de Jerez se necesitarían todas las cosechas desde el Diluvio Universal.

Discurso del señor Gasset

El Señor Gasset habló al pueblo y dijo:
“Ningún momento de mi vida pública ha sido tan satisfactorio como este, porque la obra del pantano de Guadalcacín es obra de redención y porque con ello se salvarán los propietarios y tendrán trabajo y pan los obreros. (Grandes aplausos.)
Esos obreros son la fuerza nacional. Esos bancales son las trincheras modernas, tras de las cuales está la riqueza que debe ser la fuerza de la patria. (Gran ovación.)
En nombre de Su Majestad el Rey inauguro las obras del pantano de Guadalcacín. ¡Viva el Rey!
-¡Viva!- contestan los obreros.- ¡Viva Gasset! ¡Viva el protector de los obreros!- repiten muchas veces.
Después de pronunciar el ministro las anteriores palabras, se encendió la mecha de los barrenos y se dispararon los cohetes.
Vivas delirantes acogieron la explosión.
Estaban inauguradas las obras. Los alcaldes de Jerez y de Arcos ofrecieron copas de champagne al ministro, y éste, antes de beber, cedió una  a un obrero.
Aplaudióse este acto estruendosamente y se repitieron los vivas entusiastas al señor Gasset.

Una escena de miseria
Después de inaugurar las obras  ocurre una escena tristísima, reveladora de la miseria que reina en este país.
Por entre la muchedumbre, compuesta en su mayoría de obreros de Arcos de la Frontera, de Paterna y de Algar, se dirige el ministro a tomar su automóvil.
Millares de voces gritan ¡Pan y trabajo! ¡Pan y Trabajo!
Un obrero de rostro cadavérico se acerca al señor Gasset y dice:
No es para nosotros, señor. Es para nuestros hijos, que mueren de necesidad.
Millares de personas repiten: ¡Es verdad! ¡Es verdad!
Mujeres y hombres, llorando, despiden al ministro y le dicen que están confiados en que sus promesas sean sinceras.
Al partir el carruaje que conduce al señor Gasset la gente prorrumpe en vivas y aplaude frenéticamente.
Desde la Angostura de Arcos se dirige la comitiva al vivero de obras públicas, y cuando hicieron alto los carruajes eran las dos de la tarde.

Almuerzo
Allí se celebró el almuerzo que ofrecía al ministro el Ayuntamiento.
A los postres, el alcalde propuso que se dirigieran dos telegramas: uno al mayordomo mayor de Palacio, reiterando la adhesión a la corona y exponiendo la satisfacción que sentían las autoridades, los diputados a Cortes y los provinciales, los presidentes de las Cámaras de Comercio y Agrícola y todos los labradores y comensales en general por las nuevas orientaciones de la política española con el triunfo de la política hidráulica, que permite confiar en la regeneración de la agricultura, y el otro telegrama, firmado solamente por el alcalde de Jerez, al presidente del Consejo de Ministros,  participándole la importancia y el entusiasmo del acto realizado y las angustiosas escenas desarrolladas en aquel país por la crisis obrera.
El señor Gasset pronunció algunas palabras de agradecimiento, y la comitiva tomó nuevamente los carruajes, regresando a Jerez, después de hacer alto por breves momentos en el cortijo de Gédula, donde sus dueños, los señores de Peña, obsequiaron espléndidamente al ministro y a las comisiones.


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miércoles, 14 de mayo de 2014

De cómo José Bonaparte vendió los montes de Ubrique, de El Bosque, de Benaocaz, de Villaluenga, de Xerez, de Zahara, de Arcos...

Diario de Madrid, 1810
Martes, 6 de noviembre


Por Esperanza Cabello

En estos días hemos hablado mucho de la Guerra de la Independencia, de la invasión francesa y de las escaramuzas de los guerrilleros para alejar a los "gabachos" de nuestra sierra.
Pero raramente hemos oído hablar del amor de José Botella por Andalucía (el pobre no entendía cómo aquí no lo queríamos con lo enamorado que él estaba de nuestra tierra), o de lo bien que le vino que el estado tuviera muchas propiedades por la Sierra para pagar a sus acreedores.
Seguramente en los Archivos Nacionales podríamos conocer los entresijos de aquellas ventas, pero nosotros hemos encontrado, en uno de los periódicos de la capital: el Diario de Madrid, de 1810,   el momento, las razones y el precio por los que fueron puestos a la venta.






El REI se ha servido expedir el decreto siguiente: 


EXTRACTO DE LAS MINUTAS DE LA SECRETARÍA DE ESTADO.

En nuestro palacio de Madrid, a 16 de octubre de 1810


D. JOSEF NAPOLEON POR LA GRACIA DE DIOS Y POR LA CONSTITUCION de Estado, REI de las Españas y de las Indias.


Oido nuestro ministro de Hacienda, hemos decretado y decretamos lo siguiente:


ARTÍCULO I: A cuenta de los cuatrocientos millones de reales, que en bienes nacionales se han destinado por nuestro decreto de 20 de diciembre del año último de 1809 para subvenir á las necesidades del estado, señalamos por ahora las fincas que comprehende el estado, aprobado por Nos, para hipoteca especial de los créditos del servicio corriente, contraídos desde 6 de julio de 1808 hasta 30 de setiembre de este año, que hayan sido incluidos en el estado de atrasos aprobado por Nos en 4 del corriente mes.

ART. II Estas fincas no podrán de modo alguno distraerse para otro objeto.

ART. III Los acreedores que prefiriesen emplear sus créditos en la adquisición de fincas á esperar que el tesoro público les pague cuando tenga fondos efectivos con que executarlo, acudirán solicitándolo (ante el ministerio de donde procedan los créditos).

ART. VII. La venta de los bienes consignados, ó que se consignen, y apreciados al respecto de doce veces la renta de las tierras y precios rústicos, y de ocho veces la de casas y artefactos, se hará precisamente en Madrid á pública subasta con las solemnidades que prescribe nuestro decreto de 9 de Junio, y por los términos que señala el de 22 de diciembre del año último de 1809.


Así pues el REI mandó hacer un listado de bienes vendibles, anotando las rentas de estos bienes, y animando a que fueran  comprados para hacer frente a sus acreedores.
Hemos hecho una selección de los que nos son más conocidos, que constan como ubriqueños pero pertenecen a varios pueblos de la Sierra: 
 






Una dehesa y monte llamado de Vequiño, en el término y jurisdicción de Ubrique, que arrendado el pasto y labor en 39819 rs, y el fruto de bellota en 12813, cuyas dos partidas unidas á la de 1282, que se regula prudencialmente, salva su rectificación por el corte de leña, componen el total valor de….. 53913,10


Otros dos montes, titulados Guardares y Aigeron, en la misma jurisdicción de Ubrique, cuyo fruto  de bellota se arrendó en 49242 rs con 28 mrs, y regulándose prudencialmente, salva su rectificación, la cantidad de 4924 rs con 2 mrs por la leña, componen ambas sumas la total de 54167.3



Otro monte, llamado Hoyo del Pinar, en la propia jurisdicción de Ubrique, cuyo fruto de bellota se arrendó en 32723 rs con 2 mrs; y regulándose prudencialmente, salva su rectificación, la cantidad de 3272 rs y 10 mrs por la leña, importan ambas sumas …… 36276,4



Otro monte, titulado Brena del agua (Breña), en la jurisdicción de Ubrique, cuyo fruto de bellota se arrendó en 40891 rs con 2 mrs; y regulándose prudencialmente, salva su rectificación, por la leña de dicho monte la cantidad de 4089 rs y 3 mrs, componen ambas sumas la total de……. 44980,5



Otro monte, titulado el Nabazo, en la propia jurisdicción de Ubrique, cuyo fruto de bellota se arrendó en 30630 rs; y regulándose prudencialmente, salva su rectificación, la cantidad de 3063 rs por la leña, componen ambas sumas la total de ………. 33693



Otro monte, llamado Albarracín, en la propia jurisdicción de la villa de Ubrique, cuyo fruto de bellota se arrendó en 97046 rs con 2 mrs, y regulándose prudencialmente, salva su rectificación, la cantidad de 9704 rs con 20 mrs, por la leña de dicho monte, componen ambas el total de ….. 106756, 22




 Bienes vendibles en Arcos


La mitad del monte llamado Alcornocal, cuyo fruto de bellota produce en arriendo 5628 rs, pues la otra mitad pertenece a la villa de Pruna; y regulándose la cantidad de 562 rs por el corte de leña, ascienden ambas sumas á...... 6190

Un cortijo, término de la ciudad de Arcos, llamado Higueral, con 615 fanegas de tierra buena y mediana, poblada en mucha parte de palma y monte baxo, algunos arbustos, con 406 encinas y buenas casas, deterioradas en parte, produce ... rs anuales, con 6 fanegas de trigo, que reguladas prudencialmente, salvo su rectificación, importa todo ...... 11276

Otro, llamado Vega de Marineros, en el propio término de Arcos, con 275 fanegas de tierra buena...
 








Una dehesa, titulada del Chorreadero, en el término del pueblo de Zahara, arrendada en 33506
Otra dehesa en el Cunchal, en el mismo término de Zahara, arrendada en ... 44567
Otra dehesa en el Cerrillar, término del mismo pueblo de Zahara, arrendada en ...31000
Otra dehesa, llamada de la Nava, en el referido término de Zahara, arrendada en ... 42080
Otra dehesa, llamada de Madrigueras, en el mismo  término de Zahara, arrendada en 32.000
Un cortijo, llamado Alperchite, en la jurisdicción de la ciudad de Arcos, que tiene 1312 fanegas de tierra de labor, de buena y mediana calidad, poblada mucha parte de palma, con buenas casas, produce al año 32673 rs y 16 fanegas de trigo, que reguladas estas prudencialmente, salva su rectificación, en 960 rs, componen ambas sumas la total de ... 33632



 La Esparragosilla a la venta



 Otro, titulado Esparragosilla, de 390 fanegas de tierra buena y mediana, con una corta parte de palma y monte baxo, con casas achozadas, produce 12142 rs y 13 mrs, con 6 fanegas de trigo, que reguladas prudencialmente en 276 rs, componen ambas la suma de ..... 12499, 13



 En la provincia de Xerez


Tres piezas de tierra en el término y jurisdicción de Xerez de la Frontera, y se nombran la una el rancho ó cortijo del Álamo, la otra Lomo del Caballo, Casas del marqués y Mesa de Bolaños, y la otra las Caballerías de la zarza; estas dos últimas piezas están situadas en la dehesa llamada de Martelilla; y todas tres componen el número de 3816 aranzadas con exidos, pozos y coladas, y la primera se compone de 228 aranzadas y 5 octavas de tierra, que aunque no son todas de labor, se han considerado siempre como tales, y están arrendadas en 57 fanegas y quartilla de trigo, así como las otras dos piezas están arrendadas por suertes á diferentes colonos en 50380 rs, 12 mrs de vellon anuales, que unidos al importe del trigo, asciende el total valor  de esta hacienda á .... 53471,29.




                                           Venden, entre otras, la Cartuja de Jerez





En Jerez venden la Cartuja de Xerez, el cortijo nombrado Cuesta de Morón y las dehesas la Colmenera, la Estera, la Gaitanilla, la Balcia Golfa, la de Rabo de Atún, la de Juan Núñez, la del Látigo Cerro Santiago, la de Gibraltarejo, la del Llano de Salinilla, la de Tizón, la del Cerro de la Salinilla, la del Morro. la de Rui Diaz, la de Mari Cuerda, la dehesa de Suara, la hacienda de Tabajete, y la hacienda de Ducha, de 49 aranzadas y media, cuarenta y nueve de viña y la quarta parte restante de tierra clama, con casas, lagares y pertrechos.





La lista de las propiedades del estado que José Napoleón Bonaparte puso en venta es larguísima; en ella hemos podido ver todo tipo de objetos y caballerías, además de todo tipo de propiedades rurales e inmuebles. Hemos intentado ver cómo se vendieron nuestros montes, y a qué precio, pero, a pesar de que el remate de estas ventas estaba decretado para el 30 de noviembre de 1810, solo hemos comprobado que una finca en Zahara se vendió.






La dehesa  La Madriguera, en el término de Zahara, valorada en 384000 reales, fue vendida por 384000 reales. Es el único registro de compra que hemos podido obtener.
Comenzaremos la lectura de la prensa del año 1811, a ver si somos capaces de averiguar en cuanto se vendió el Higuerón, o el Albarracín, o el Navazo.


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