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lunes, 26 de octubre de 2020

EL NUEVO ESTADO DE ALARMA: BREVES CONSIDERACIONES

Al final se confirmó lo que ya intuía hace meses que iba a ocurrir. Hoy se ha publicado en el BOE el nuevo Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se decreta el estado de alarma. Pensaba que iba a ser en septiembre, pero lo pospusieron para finales de este mes. Esta vez, las condiciones impuestas son distintas a las que se acordó mediante Real Decreto el 14 de marzo, ya que aquí no se plantea un confinamiento domiciliario sino más bien limitaciones de movilidad siempre y cuando así lo acuerden las autoridades delegadas, es decir las CCAA dentro de su territorio. Pero bueno, ya hablaré más detenidamente más adelante.



Como primera pincelada, después de leer el Real Decreto, no puedo obviar la pésima técnica que se utiliza en la redacción. Sinceramente, es manifiestamente mejorable. ¿Por qué lo digo? Porque genera confusión. Uno que se pone a leerlo de manera rápida, da a entender que el artículo 6 establece una prohibición para todos los ciudadanos de salir de las CCAA en las que residan, y que los gobiernos regionales pueden establecer limitaciones de ámbito inferior. Pero, en su artículo 9, lo que dice es que los artículos 6 a 8, pueden determinar su eficacia si lo acuerdan las autoridades delegadas si las circunstancias sanitarias lo aconsejan, previa comunicación al Ministerio de Sanidad. Por cierto, el artículo 9 está redactado de manera farragosa. 

Y volvemos otra vez con los mismos errores que en el anterior decreto de estado de alarma, en el que se establecen una serie de supuestos genéricos por los que se autoriza salir de la región como parece ser el cajón de sastre de las causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o actividad análoga debidamente justificada [letras g) y h del art. 5 y j) y k) del art. 6]. Habría estado bien establecer una definición de qué se entiende como causas de fuerza mayor o situaciones de necesidad, así como señalar ejemplos de actividades análogas. Sobre todo, porque, cuando se trata de restringir derechos fundamentales, resulta necesario establecer con una mayor precisión las situaciones en las que se puede o no desplazarse o salir de casa, en el caso de que se adopten esas medidas por parte de las autoridades delegadas. No se puede dejar al criterio de un agente de policía sobre qué es una causa de fuerza mayor. Si ya es cuestionable que los jueces tengan que integrar las carencias normativas, con más motivo se debería impedir que sea un policía, cuya formación jurídica es muy limitada, la que tenga que llenar estas lagunas. No es un desdoro o una ofensa para ellos afirmar que no tienen la formación adecuada, sino más bien una llamada de atención al gobernante para que se dé cuenta de que no puede comprometerles obligándoles a decidir sobre qué comportamientos están justificados y cuales no, porque lo que va a ocurrir es que, como ya me manifestó uno, acaben no denunciando porque no saben qué es lo que pueden o no pueden denunciar.

Otras de las novedades de este decreto está en su artículo 5, en el que se establece el famoso toque de queda para todo el territorio nacional, salvo para Canarias, que será cuando así lo determinen las autoridades delegadas de la región. En otras palabras, para todos, menos para los canarios, a partir de las 23:00 hasta las 6:00 no se puede salir de casa salvo los supuestos autorizados. Así es puesto que en el apartado 2 del artículo 9 dispone que entrará en vigor "será eficaz en todo el territorio nacional en el momento de la entrada en vigor de este real decreto."

Para no extenderme demasiado, otra de las carencias está en el régimen sancionador. Vuelve a remitir al régimen sancionador del art. 10 de la LO 4/1981, de 1 de junio, de estado de alarma, excepción y sitio. Y, sorpresa sorpresa, dicho precepto dice:

"1. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

2. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las Autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al Juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.

3. Si fuesen cometidos por Autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia."

Como pueden observar, volvemos a caer en el mismo error. Se remite a un precepto que, a su vez, remite genéricamente a otras leyes, aunque no se sabe a que leyes hemos de aplicar, así que volvemos a hacer ingeniería jurídica aplicando la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana de 2015 porque es la única norma que puede castigar la desobediencia, pero no a la norma que ha entrado hoy en vigor sino a la de los agentes que den la orden y que el ciudadano decida obviarla. Al menos ese es el criterio que el Magistrado del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Vigo ha utilizado al anular la sanción impuesta. Y como él, otros Magistrados en el mismo sentido. Lo peor es que el Gobierno podía haber subsanado esta deficiencia en los 7 meses que han transcurrido desde el 14 de marzo. 

Y, por último, de la lectura del Real Decreto, en concreto de su art. 2.3, la finalidad de su aprobación no es otra que obviar la situación engorrosa de que las medidas restrictivas, al amparo de la legislación sanitaria, tengan que ser sometidas a ratificación por los Juzgados de lo Contencioso y las salas de lo Contencioso de los TSJ. Así que, mientras dure el estado de alarma, los presidentes autonómicos pueden acordar cualquier medida restrictiva, dentro de los supuestos recogidos en los arts. 5 a 11, sin precisar la tramitación de procedimiento administrativo alguno, ni tampoco de someterlo a ratificación. Por cierto, dicho sea de paso, bien podían haber aprobado las modificaciones legislativas para no tener que obligar a las CCAA a someter a ratificación de las medidas restrictivas. De todas maneras, aunque pudiera dudarse de la constitucionalidad de dichos cambios, que no creo, ya que, en todo caso, sus decisiones, durante una emergencia sanitaria, serían controladas a posteriori por los Tribunales si alguien decidiese recurrirlas. Pero si fuera inconstitucional la ley que lo amparase, ya resolvería el Tribunal Constitucional, en su momento, pero que, en todo caso, sería después de salir de esta crisis. 

Dicho esto, nada nuevo bajo el sol. Hasta la próxima entrada.

Twitter: @josecarrerob
Facebook profesional: Carrero-Blanco abogados.

sábado, 20 de junio de 2020

DIARIO DE UN ABOGADO EN AISLAMIENTO: ULTIMO DIA DEL ESTADO DE ALARMA

ULTIMO DIA DEL ESTADO DE ALARMA: 71 DEL DIARIO

Después de 98 días el Estado de Alarma se acaba, al menos por ahora. A saber qué pasa a partir de septiembre, pero viendo lo inconsciente que es la gente cualquier cosa puede pasar. Por ejemplo, el martes estuve por Oviedo y, a parte de haber mucha gente por la calle, había de todo: gente sin mascarilla, con ella en la mano, de cubrepapada, tapando la boca pero no la nariz... Y yo como un tonto llevándola puesta y eso que me incomoda bastante. 

Por otro lado, ¿os acordáis de la gente protestando amargamente contra el Gobierno por su gestión? Como la gente ya puede salir a los bares, estar en la barra tomándose una cervecita o un vinito, ver el fútbol con los colegas y todo lo demás, para qué quejarse. Si al final se quejaban no porque creyesen que lo estaba haciendo mal sino porque no podían ir al bar a tomar algo o ver el fútbol. Y como la gente, no todos por suerte, hace lo que le da la gana y no respeta las recomendaciones ni tampoco las normas nos acabarán confinando otra vez y es cuando se volverán a quejarse y las culpas a Pedro.

Dicho sea de paso, estas palabras no sirven para eximir a nuestro Gobierno de su responsabilidad. Que haya ciudadanos irresponsables no implica que toda la culpa sea de ellos. Como ya dije hace tiempo se debería haber confinado a la gente antes. De hecho, decía en Twitter que se empezarían a tomar medidas después del 8M o incluso decía irónicamente que el Covid19 iba a dar tregua para el 8M. Para muestra estas capturas de pantalla de mi cuenta de Twitter en el que se pueden ver las fechas:



El 7 de marzo ya ironizaba con que el Covid19 iba a dar una tregua a los manifestantes.


 

Y esta última del 8 de marzo. Para que luego me llamen capitán a posterior.


También dije en la semana del 9 de la necesidad del Estado de Alarma. Al final, la realidad fue tozuda y el sábado 14 de marzo fue cuando se decretó. Pero es más, como bien sabéis yo intuía a principios de abril que iban a obligar a llevar mascarillas, motivo por el que me pasé a las lentillas.

No es que yo sea un fenómeno, que tal vez si lo sea a la vista de mis aciertos o me compare con los propios políticos y sus asesores políticos, pero si creo que tengo bastante sentido común. Sentido común que no tienen nuestros dirigentes. Por cierto, he de decir que mi único fallo fue pensar que el Estado de Alarma no iba a durar tanto. Tal vez fueron mis ganas de escaparme en Semana Santa impidieron ver las cosas con más objetividad, por ser optimista para atenuar las secuelas del confinamiento o por ambas cosas a la vez. Y si me preguntan qué debería hacer el Gobierno, y lo digo ahora, en el futuro, pues modificar la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para regular un buen sistema que permita confinar a la población sin tener que acudir al Estado de Alarma, en el que el único que deba controlar la legalidad de la medida sea el Poder Judicial, en lugar de estar con cambios de cromos en las Cortes Generales; mejorar el sistema de suministro de material médico; hacer pruebas de PCR y test rápidos a más gente, y al que dé positivo, confinarlo. Y, ya por último, reformar el régimen sancionador para que las sanciones que se pudieran imponer tengan base legal y no retorcer la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana para sancionar a los que no cumplen las normas.

Iba a hablar de la estupidez de la gente con el tema del racismo, en concreto lo de censurar películas, pero creo que ya lo he tratado en mis redes sociales. Así que voy a contar cómo ha ido desde la última entrada. Pues, en primer lugar, he de contaros que en la guardia me he comido un mojón. Una semana entera de guardia y solo me han avisado una sola vez. El día que publiqué mi última entrada me llamaron los del puesto de la Guardia Civil de Cangas de Onís para asistir a un chaval que le dio por cambiar la pegatina de la ITV de un coche al suyo por el hecho de que como no le daban cita para la inspección por el Estado de Alarma, y como necesitaba el coche para trabajar, tuvo esa ocurrencia con el fin de que no le tocasen las narices por tener la ITV caducada. En total, esa semana de guardia me ha supuesto un rédito económico de 90 €. Exactamente 93 € brutos. A 13 € diarios. ¡No sé qué hacer con tanta pasta! Aunque si lo comparo con los poco más de 8 € que un Letrado de la Administración de Justicia le tasó las costas de ejecución a Fredo pues ni tan mal. A ver si prospera su impugnación de la tasación de costas.

Por otro lado, este martes tuve mi primera vista desde que se acordó suspender todos los procedimientos. Mi segunda vista sin toga, en este caso el apoyo a la dispensa fue el art. 22 del Real Decreto Ley 16/2020. Su Señoría nos dispensó de llevar la mascarilla en estrados teniendo en cuenta que se cumplía la distancia de seguridad y que el Fiscal, como viene siendo habitual desde hace muchos meses, intervenía a través de videoconferencia. De la vista salí muy contento porque llegamos a un acuerdo inmejorable para mi cliente en una modificación de medidas de familia. Mi cliente ya está exento de pagar legalmente los alimentos ni gastos extraordinarios por la hija menor de edad en base a que él se tiene que hacer cargo del mayor de edad. Además en cinco años la vivienda familiar se podrá vender. Son de estos casos que me hacen amar esta profesión. Cuando planteas una estrategia y te sale mucho mejor de lo planeado.

Dicho esto, cierro el diario del confinamiento. Aunque no descarto escribir sobre la fase post Estado de Alarma o iniciar otro diario en el caso de que nos vuelvan a confinar. Hasta la próxima.

domingo, 7 de junio de 2020

DIARIO DE UN ABOGADO EN AISLAMIENTO: DIA 85

DIA 69 DEL DIARIO: 85 DEL CONFINAMIENTO Y 14 Y ULTIMO DE LA FASE II

Día 85 del Estado de Alarma, quedan los últimos días de vigencia. En Asturias, mañana, pasamos a la Fase III, pero como la nuestra es uniprovincial seguimos sin poder salir de aquí, salvo que Barbón, el Presidente del Principado, solicite que se alce en esta región, cosa que parece que no va a ocurrir, ya que ha dejado bastante claro que va a agotar hasta el último día el Estado de Alarma. Ahora, él es el que manda como autoridad delegada. Espero que tenga más tino que el Ministro de Sanidad. Además, el próximo martes el Gobierno aprobará un Real Decreto Ley de nueva normalidad, cuyo borrador no he encontrado y tengo ganas de hacerme con él porque me da la sensación de que se va a exceder en los límites del artículo 86 de la Constitución, al menos en el ámbito material. Sinceramente Sánchez desconoce por completo lo que es procedimiento legislativo de urgencia, por qué no me dirán que en tres meses no se podría aprobar cualquier ley en las Cortes Generales, empezando por el trámite de lectura única en el Congreso y remitirlo al Senado por el trámite de urgencia (art. 150 del Reglamento del Congreso y artículo 133 del Reglamento del Senado). Desde luego es más cómodo aprobar decretos leyes y que luego el Congreso lo convalide.

En fin, a otra cosa mariposa. Como bien podréis intuir estamos volviendo a la nueva normalidad judicial. Ya me han señalado vistas para el 16 y 29 de junio, el 9 y 21 de julio. Por cierto, mañana a las 8 de la mañana empiezo mi guardia de asistencia al detenido en los partidos judiciales de Cangas de Onís y Piloña. También el 9, mi cumpleaños, a las 13:30 tengo la ITV. Gracias a un amable compañero de Cangas, que me va a sustituir ese día, ya que el don de la ubicuidad no lo tengo, por ahora. A ver qué me depara esta semana que tengo que estar 7 días disponible las 24 horas del día a cero euros por disponibilidad y solo cobrar por asistencia efectiva. ¿Habéis visto a la gente solidarizarse con nosotros por cobrar una mierda pinchada en un palo? Yo tampoco. Luego eso sí, si no secundas sus protestas se enfadan y te llaman facha.

En esta semana que finaliza hoy, se puede decir que en lo profesional ha sido productivo porque ha empezado a haber movimiento. El primer día, el lunes, con una consulta que ha derivado en un procedimiento de separación de mutuo acuerdo con un convenio regulador complejo. Luego me han entrado otros asuntos. La cosa es que la consulta del lunes tenía intención de hacerla por videoconferencia pero al final tuve que desplazarme a mi despacho de Oviedo. Tendré que pensar en volver a atender allí con la periodicidad habitual. Para eso he comprado un termómetro infrarrojo digital. Hay que estar previstos para esta nueva normalidad, como así gusta llamar el Gobierno a la fase post Estado de Alarma, en donde mantendrán la obligación de seguir llevando mascarillas. Por cierto, la gente sigue sin enterarse que es obligatoria. Pero eso ya es función de los agentes de la autoridad.

Me acabo de acordar que un día cuando estaba en la terraza del Hotel Piloñés vi a un señor, de cierta edad, hacer aguas menores en la pared que está en frente de Óptica Lavandera a eso de las 12 de la mañana. Creo que fue la semana pasada y debería haberlo contado la semana pasada pero se me pasó por completo. Cuando decía mi madre que nunca te acostarás sin saber una cosa más, pues es cierto ya que nunca antes había visto a un señor de más de 70 años, por no decir 80, haciendo sus necesidades en plena calle y a la vista de todos. Eso es típico de jóvenes por la noche y después de haber bebido unos cuantos cacharros y no puedes esperar a entrar en el lavabo del garito. También está la opción de tener esa necesidad cuando estás en una ruta por el monte, por ejemplo. Pero vamos nunca me imaginé ver a un señor haciendo eso.

Por último, le doy las gracias a Carol Rafer por haberme atendido de manera fantástica el viernes que, primero le hice la compra por whatsapp y luego fui a su tienda a elegir camisas. Iba necesitando de manera urgente renovar vestuario. Por cierto, hay que apoyar el negocio local. En estos momentos difíciles donde hay que dejar dinero, en la medida de lo posible, es en el negocio que tienes cerca de tu casa. Bien es cierto que soy usuario de Amazon pero no es menos cierto que allí adquiero productos que no encuentro en Infiesto.


Por último, le doy gracias a Eva por regalarme por mi cumpleaños este libro:



Te prometo que alguna receta usaré de allí. La indirecta también la he pillado. Gracias de nuevo.

Podría hablar de otras cosas pero paso. Si me apetece otro día lo cuento. Hasta la próxima, si es que hay una próxima vez. Saludos y ser buenos.


domingo, 31 de mayo de 2020

DIARIO DE UN ABOGADO EN AISLAMIENTO: DIA 78

DIA 68 DEL DIARIO: 78 DEL CONFINAMIENTO Y 7 DE LA FASE 2

Como siga esto así, va a perder su sentido llamar a esto diario porque la última vez que escribí una entrada fue el jueves pasado, aunque no es menos cierto que hace ya tiempo ha perdido sentido lo de contar los días de confinamiento porque, en teoría, podría estar todo el día en la calle. Aunque mi realidad es, a los efectos prácticos, como si siguiese en la fase 0. De todo este tiempo, sólo he estado dos veces en una terraza. Y a día de hoy solo he ido una vez a mi despacho de Oviedo a recoger algunos expedientes y el portátil. Creo que, para mí la desescalada será a partir del 4 de junio cuando empiece la actividad judicial, el día 8 de junio empiece una nueva semana de guardia, una primera vista para el día 16, etc. También es cierto que la finalidad de este diario pierde su sentido en tanto en cuanto ya la gente está empezando a hacer vida normal. Al menos aquí veo mucho ambiente en las terrazas.

Y hablando de mi día a día, no sé en donde leí o escuché que The Good Fight, la secuela de The Good Wife, lo tenían en Prime. Me dije: tengo Prime, que casi no utilizo, por qué no veo esa serie. He de decir que en unos días ya estoy por la segunda temporada. La serie es entretenida, que tiene como protagonista a Diane Lockhart -que era una de los personajes recurrentes en The Good Wife, acompañando Alicia Florrick (Julianna Margulies, que trabajó durante cinco temporadas en Urgencias)-, Lucca Quinn, que también trabajó en la otra serie, y Maia Rindell. Por ahora, no os hago spoiler.



Por otro lado, hace tiempo que no os comento qué ha sido de la operación "poner lentillas". Pues básicamente porque la operación ha tenido éxito. A veces, uso tres intentos pero en unos poco minutos consigo el objetivo. Pero, ayer tuve un problemilla a la hora de quitarme la lentilla izquierda. No sé qué se me metió en el ojo o qué pasó pero se me irritó una barbaridad, me lloraba muchísimo con lo cual me fue imposible quitármela porque me resbalaba el párpado inferior, además de molestarme una barbaridad. Al final, no sé cómo, pero conseguí quitármela, pero seguía llorando el ojo y así durante toda la noche. De hecho me costó coger el sueño. Al día siguiente, al tener los párpados hinchados decidí no ponerme las lentillas, con lo cual usé las gafas, cosa que no hacía desde hace semanas. Y en la calle un horror con la mascarilla, así que saqué a pasear a Uli, por la mañana, con ellas pero no tardé mucho en quitármelas. Para que se me empañasen preferiría no tener gafas. Y ya por la tarde, pues ya salí sin las gafas. Como miope que tiene 2 y 2,5 pues grosso modo reconocía a la gente a la distancia de seguridad. En algunos casos reconocía a gente de más lejos pero por intuición por la silueta. Así que, si no he saludado a alguien, mis disculpas.

Tampoco quisiera cerrar la entrada de hoy sin lanzar mis reflexiones sobre el ingreso mínimo vital. Pero antes me gustaría, a los que no están de acuerdo con lo que voy a decir, que utilicen, de la cabeza, la materia gris, no el cráneo para embestir. Así que, los que hagan ataques ad hominen, o hagan como Paula Vázquez en su Twitter llamando fascistas a los que no lo son, en lugar de utilizar argumentos, les he de decir que me estarán dando la razón, porque si no la tuviera pues no necesitarían el recurso al insulto. Y ya que saco el tuit de la que fuera presentadora del programa de Telecinco "El juego del euromillón", que aquí dejo:


Y yo le contesté de la siguiente manera:



Bien es cierto que el tema daría para más pero las limitaciones de espacia de esa red social son las que son, así que decidí, con ese mensaje dejar claro que lo más claro sería llamar a esa gente liberales no fascistas. Los liberales, al menos los originarios, los seguidores de Adam Smith, son los que están en contra de cualquier intervencionismo estatal. Los fascistas son más bien anticapitalistas, aunque haya gente que no lo crea. Entiendo que esta mujer por ignorancia no sabe distinguir conceptos, y prefiero optar por esa opción que acusarla de engañar a la gente. Por cierto, me hace gracia que aquellos que se llaman antifranquistas sean los que apuesten por hacer la misma política económica que Franco, como el señor Rufián que pretendía nacionalizar una empresa con sede en Japón:



Pues bien, con respecto al ingreso mínimo vital, no me parece mal que se apruebe pero tengo recelos de cara a hacerlo indefinido. Ahora mismo tiene su lógica dada la situación actual, pero si la situación se perpetúa puede suponer un grave problema para nuestra economía, y más teniendo en cuenta si es, como he leído (aún no se ha publicado en el BOE) se puede acumular a otras prestaciones. Conozco casos aquí en Asturias que había gente que cobraba a la vez el plan prepara y el salario social básico. Y, ¿por qué lo sé? Porque a uno, por un tema de alimentos, a petición mía, el Juzgado le embargó parte de los dos. Al final, uno se puede embolsar 800 € mensuales sin pegar palo al agua. Muchos meses no gano yo eso en neto ni de broma, por no decir que en bruto algunos meses ni eso. Obviamente compenso con otros meses que son mejores. Pero si lo analizas, si no eres una persona muy ambiciosa, te puedes conformar con vivir con esa cantidad. Al menos por la zona en donde vivo, puede compensar más que trabajar por cuenta ajena, y no digamos ya de emprender un negocio. 

En realidad, en España el que decide emprender por su cuenta no es porque tenga vocación empresarial sino porque no le queda otra. Ese es mi caso, y creo que el de muchos de mis compañeros. Si hubiéramos tenido la opción de trabajar por cuenta ajena, pues, desde luego, no habríamos decidido abrir despachos.  Yo estaba seguro y convencido de que quería ejercer pero si lo quería hacer debería arriesgarme, y eso he hecho. Si no lo hubiera hecho, no me habría quedado otra opción que opositar a lo que fuera, trabajar como comercial o de camarero. Alguno se reiría con esta afirmación pero teniendo en cuenta la cantidad de licenciados en Derecho que hay en este país, por el efecto de la titulitis no porque tengan vocación, ahora mismo tener el título de licenciado o graduado en Derecho es tener un adorno en la pared. Creo que además hubo un programa de la Sexta que trataba este tema.

Y el problema que tiene España, como ya sugerí en otra entrada, es que no se fomenta al espíritu emprendedor. No se dan facilidades a la gente para poner su negocio. Todo son trabas y complicaciones. Mucha gente prefiere primero ser funcionario, si no puede es trabajar por cuenta ajena y ya si les das la opción de cobrar una paga, más la posibilidad de hacer algún chollo en b, para ingresar algo más al mes, ¿para qué te vas a arriesgar en montar un negocio? En la entrada del día 69, ya comenté cómo nacieron ciertas empresas como Mars, Kellog´s, Coca- Cola (día 62), etc. Nacieron de la nada, de gente que quería forrarse y para ello le estuvieron dando al coco hasta que encontraron la fórmula que les llevó al éxito. Lo mismo que hicieron los hermanos Mac Donald, que idearon un sistema que copió el que fundó Burger King. Ellos empezaron con un simple restaurante que no daba ganancias y al final se hicieron ricos vendiendo su marca y su idea. Y así, con este tipo de personas, hicieron grandes a su país. 

Por eso creo que es mejor idea subvencionar a la gente para que cree su propio negocio, no subvencionar a grandes empresas con el resultado que ya sabemos. Es darle la oportunidad a la gente de crear su propio negocio de la nada. Es que el Estado te dé un dinero a fondo perdido, eso sí con un control férreo para evitar fraudes (inspecciones de Hacienda más periódicas, obligación de que todas las transacciones sean a través de cuenta, que si te pillan en un renuncio tienes que devolver todo el dinero, etc.), y así tenemos a gente que, por si mismos, no pueden acceder a financiación de los bancos, y se les da la posibilidad de ser una persona de éxito en el mundo de los negocios. Alguien como los que fundaron esas grandes compañías. ¿No es mejor esa opción, que además será beneficiosa para el propio país, ya que generaría riqueza, que el darte una paguita por no hacer nada y que desincentive a la gente? Repito lo que dije antes, los que entiendan que debatir es utilizar ataques personales lo único que demuestran es que no tienen argumentos. Si tienen la razón, los insultos no les hace falta.

Con esto y un bizcocho, mañana a las ocho, a las nueve o cuando sea menester. 


jueves, 28 de mayo de 2020

DIARIO DE UN ABOGADO EN AISLAMIENTO: DIA 75

              DIA 67 DEL DIARIO: 75 DEL CONFINAMIENTO Y 4 DE LA FASE 2

Después de dos días sin publicar ninguna entrada, os preguntaréis por qué no lo hice. Y os voy a responder, y si no lo habéis hecho, me da lo mismo. La respuesta es sencilla no me ha apetecido hacerlo. 66 entradas son muchas entradas y hay que descansar un poco, y más cuando estoy engrasando la maquinaria para el pistoletazo judicial que se va a dar el 4 de junio. O eso espero, al menos, en el Real Decreto publicado el sábado eso dice. Y digo eso dice porque de este Gobierno me espero cualquier cosa. Por cierto, ya me han señalado la primera vista suspendida para el 16 de junio.

También os comenté que tenía intención de dedicarle una entrada a Helena Echeverri, estupenda abogada de Madrid, que ha intervenido en casos mediáticos como la Gürtel, y que me pidió que le dedicase una entrada. Ella quería que fuera el domingo, pero, por el motivo que todos sabéis no pudo ser. Y qué mejor manera de hacerlo, aunque sea un jueves, que contando alguna que otra anécdota profesional. ¿Por qué lo hago? Porque ella, por motivos relacionados con el Covid19, estuvo desaparecida de las redes sociales. Y a su vuelta, para superar esos malos momentos decidió compartir en el grupo de Facebook de Abogados Ejercientes sus anécdotas profesionales. Y bueno, ha creado tendencia y otros muchos compañeros han seguido su ejemplo.

Obviamente yo tengo menos anécdotas que contar que ella porque es más veterana que yo, pero alguna tengo. Pero antes he de confesar que acabo de descubrir que el arnés que compré para Uli el  5 de octubre del año pasado es antitirones. Si lo sé, soy de efectos retardados, pero como se dice nunca es tarde cuando la dicha es buena. La cosa es que si me había fijado que tenía  como dos anillos resistentes, uno para la parte de arriba y otro para la zona del pecho. No entendía muy bien su función, así que siempre usaba la más obvia. Pero con motivo de que Uli con lo del confinamiento salía a pasear poco tiempo pues, cuando salíamos, empezaba a tirar mucho. Así que decidí utilizar el collar para evitar que tirase tanto, pero el muy burro, al principio no lo hacía tanto pero luego se acostumbró y seguía tirando aunque le doliese, que le dolía y de hecho vomitaba por ese motivo, aunque más que vomitar, que era lo que yo creía, era como si escupiese. Hoy me encontré con Marcial, de la protectora, y le comenté el caso y me dijo que era mejor usar un arnés antitirones. Fui a mirar después en Amazon y vi que, entre las opciones, ponía el que ya adquirí. Y además lo pone con todas las letras.



Ya me podéis dar un premio al gran observador. No digo lo de si es un perro y me muerde porque el perro lo tengo y morder a personas no muerde. A gatos y otros animales si.

Dicho lo cual, ahí va algunas de las anécdotas de mi carrera profesional.  Allá por finales de 2013 como Administrador de un edificio estuve peleándome con la compañía de mantenimiento de los ascensores de la Comunidad por el tema de los problemas que generaba hasta que se decidió a cambiar por otra compañía. Luego la táctica de aquella empresa fue demandar a la Comunidad por rescindir el contrato. Exigía algo más de 1.000 € por ello. En principio, la defensa de la Comunidad la iba a llevar Legálitas, que es con quien la nueva mantenedora tenía contratado un convenio de colaboración para este tipo de asuntos. La cosa es que el despacho asignado pretendía cobrar honorarios, cosa que no debía ser por el contrato suscrito entre la Comunidad y la nueva empresa, en la que ellos se comprometían a sufragar los gastos procesales en caso de que hubiera demanda por parte de la anterior empresa. Así que, sobre la bocina prácticamente me puse a trabajar en el caso, ya que lo asumí yo y preparé una demanda reconvencional solicitando la nulidad de cláusulas abusivas un viernes hasta las 2 de la mañana. Se presentó en tiempo y forma y llegó el juicio. Yo decidí no llevar a la Presidenta de la Comunidad porque no lo veía relevante. Pero la parte demandante solicitó el interrogatorio de la parte contraria, es decir de la Presidenta, que no había yo llevado, protesté por ello pero la Juez admitió la prueba y como los que somos abogados sabemos qué implicaciones tiene eso. Así que, cuando salí del juzgado lo hice con un disgusto tremendo. Pero sorpresas da la vida, y al final gané con costas. Y bueno, aunque era un procedimiento en el que, por cuantía inferior a 2.000 €, y por aplicación del art. 32.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no están incluidas los honorarios de abogado y procurador dado que el demandado residía en la misma localidad donde estaba la sede judicial. Pero, mayor sorpresa fue que se ponen en contacto con nosotros el despacho que llevó a empresa demandante para pagarnos las costas. Le dije a mi procuradora calla, calla no digas nada, que no vamos a protestar, que nos paguen los honorarios. Y así hicieron. Y yo pensando que no solo no iba a cobrar nada sino que acabaría pagando de mi bolsillo la indemnización por rescisión del contrato. No es que tuviera que hacerlo, y además estaría el seguro de responsabilidad civil, pero como me sentiría tan mal por la cagada pues acabaría apoquinando yo con ello. Lo que si me sirvió fue para ser mucho más riguroso en todos los casos que he llevado desde entonces y no dar por supuesto ni nada al azar. Puede que salga mal pero no es porque yo no lo haya intentado todo.

Y, por otro lado, donde más aprendes en nuestro mundillo es en el turno de oficio. Lo primero que aprendes es a leer rápido, pero muy rápido y bien. Y además aprender a no agobiarte cuando en una misma guardia casi te dan en un mismo Juzgado seis asuntos a la vez prácticamente, en el que es acabar de asistir a uno, luego a otro y así hasta que finalices el último, y para colmo, entre tanto, tienes otro aviso en el que le dices al Policía que llame a otro abogado porque estoy liado, y es encima tu primera guardia en Oviedo. Y ya cuando acabas, tienes otro aviso y tienes que ir a la Comisaría de Policía a asistir a otros dos. Ese día, en concreto, me tocaron 10 asistencias y todas por la mañana. Así que se puede decir que en el turno de oficio te curtes a base de bien.

Y hasta aquí suficiente por hoy. Hasta la próxima.