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27/12/09

11-M: la conexión Al Qaeda (Fernando Reinares)

Había una estrecha relación entre quienes desempeñaron papeles fundamentales en la red terrorista que perpetró los atentados de Madrid y el mando de operaciones externas de Al Qaeda en Waziristán del Norte

17-12-09 - Fernando Reinares (EL PAÍS)

La pista que definitivamente relaciona los atentados del 11-M con el directorio de Al Qaeda apareció hace cuatro años, aunque es aquí y ahora cuando se publica por primera vez. Fue en un remoto lugar situado al noroeste de Pakistán, próximo a la frontera con Afganistán. Durante la noche del 30 de noviembre al 1 de diciembre de 2005, un misil impactó contra una edificación situada en una pequeña localidad cercana a Miran Shah, capital de Waziristán del Norte. Ésta es una de las siete agencias que forman las llamadas Áreas Tribales Administradas Federalmente (FATA, en sus siglas en inglés), donde los principales dirigentes de Al Qaeda y gran parte de sus miembros se establecieron entre finales de 2001 e inicios de 2002, tras perder el santuario afgano del cual habían disfrutado desde 1996 hasta la intervención militar estadounidense semanas después del 11-S.

El misil al que me refiero había sido lanzado desde uno de esos vehículos aéreos sin piloto que la CIA estadounidense utiliza desde hace algunos años para abatir líderes de Al Qaeda cuya presencia se detecta en la franja que discurre a lo largo de la frontera entre Afganistán y Pakistán. Waziristán del Norte es, por otra parte, la demarcación donde, hacia fines de 2004 y comienzos de 2005, Al Qaeda tuvo que reubicar buena parte de sus integrantes y de sus instalaciones para el entrenamiento de terroristas. Lo hizo huyendo de la incursión que el ejército paquistaní llevó a cabo en el contiguo Waziristán del Sur entre la primavera y el otoño de 2004. En su nuevo asentamiento de Waziristán del Norte, Al Qaeda se ha venido beneficiando de la protección concedida por sectores talibanizados de las tribus pastunes autóctonas, en este caso de los Utmanzai Wazir y Dawr.

Como consecuencia del mencionado ataque perdieron la vida cinco individuos. Uno de ellos era Hamza Rabia, entonces jefe de operaciones externas de Al Qaeda y máximo responsable del planeamiento de atentados en Norteamérica y Europa. A comienzos de 2002, Osama Bin Laden había decidido dividir en dos mandos el entramado operativo de Al Qaeda. El otro mando, de operaciones internas, se dedicó a Afganistán y Pakistán. Al frente del mismo puso a Mustafa al Uzayiti, más conocido como Abu Faraj al Libi. El mando de operaciones externas fue encomendado al artífice del 11-S, Khalid Sheik Mohamed. Pero fue detenido en Rawalpindi en marzo de 2003. A partir de entonces, Abu Faraj al Libi pasó a implicarse también en las operaciones externas de Al Qaeda, cuya jefatura asumió, sin embargo, el egipcio Hamza Rabia. Ambos desempeñarán sus funciones en estrecha relación.

Pero, ¿qué tiene esto que ver con el 11-M? Pues que uno de los cuatro individuos que perecieron con Hamza Rabia en el referido ataque selectivo pudo ser identificado por servicios de inteligencia extranjeros como Amer Azizi. Un dato corroborado por hallazgos posteriores en Pakistán y el Reino Unido a los que no me referiré en esta ocasión. Amer Azizi, marroquí, había sido un muy destacado integrante de la célula establecida por Al Qaeda en España a mediados de los noventa y liderada desde 1995 por Imad Eddine Barakat Yarkas, es decir, Abu Dahdah, quien lo captó y envió a un campo de entrenamiento en Afganistán. Fue procesado en rebeldía por delitos de terrorismo atribuidos a dicha célula, ya que consiguió escapar de nuestro país tras la operación policial que la desmanteló en noviembre de 2001. Esto ocurrió al constatarse su relación con otra célula de Al Qaeda en Europa, la de Hamburgo, directamente implicada en el 11-S.

Amer Azizi aparece mencionado en al menos 141 de los 241 tomos correspondientes al sumario incoado en la Audiencia Nacional por los atentados del 11-M. Su nombre figura asimismo en ocho de las 30 piezas separadas que completan esa documentación judicial. En conjunto, esas referencias ponen de manifiesto, por una parte, los muy estrechos ligámenes que existían entre Amer Azizi y los individuos que desempeñaron papeles centrales tanto en la formación como en el desarrollo de la trama terrorista local que preparó y colocó las bombas que estallaron en los cuatro trenes que circulaban hacia la estación de Atocha. Por otra parte, revelan las relaciones de Amer Azizi con organizaciones norteafricanas insertas en la actual urdimbre del terrorismo global, a través de las cuales terminó por alcanzar posiciones de relevancia en el círculo de liderazgo de Al Qaeda.

Y es que Amer Azizi, a su regreso de Afganistán en el verano de 2001, reclutó a Mustafa Maymouni, igualmente marroquí, quien en 2002 creó el núcleo de la red que perpetró los atentados del 11-M. Otro marroquí, Driss Chebli, y Serhane ben Abdelmajid Fakhet, El Tunecino, ya cuñado de Mustafa Maymouni, pasaron a dirigir esa red cuando éste fue detenido tras haberse desplazado temporalmente a Marruecos en febrero de 2003. Al ser encarcelado Driss Chebli cuatro meses después, implicado en la aludida célula de Abu Dahdah, El Tunecino se convirtió en cabecilla local de los terroristas del 11-M. Pues bien, a El Tunecino también lo captó Amer Azizi. Además, como recoge el sumario 20/2004, un testigo protegido sostuvo que ambos se comunicaban en 2002 y 2003 por correo electrónico. Ese mismo sumario acredita los vínculos de Amer Azizi con otros destacados autores materiales de los atentados de Madrid, como Jamal Zougam o el huido Said Berraj.

Los lazos de Amer Azizi con entidades norteafricanas afines a Al Qaeda se consolidaron durante su estancia en Afganistán, pues el campo de entrenamiento al cual se incorporó, denominado Mártir Abu Yahyia, era una de las principales instalaciones adscritas al Grupo Islámico Combatiente Libio (GICL). En ellas se adoctrinaba y adiestraba también a miembros del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM), una vez que dirigentes de ambas organizaciones terroristas decidieron a finales de los noventa coordinar sus actividades. Allí es donde Amer Azizi conoció a Abdulatif Mourafik, cuyo sobrenombre es Malek el Andalusi, miembro del GICL. Como resultado de la estancia en aquellas instalaciones y de los contactos que en su seno mantuvo, Amer Azizi se integró en el GICL, pero manteniendo fuertes lazos, cuando no una militancia dual, respecto al GICM.

En este sentido, adquiere una significación especial la reunión que en febrero de 2002 mantuvieron en Estambul delegados del GICL, del GICM y de una organización homóloga tunecina, algunos de cuyos destacados integrantes habían tenido relación con la célula de Abu Dahdah. Entonces acordaron ejecutar actos de yihad en países de donde procedieran o en los que residiesen sus miembros. Sobre dicho encuentro y la decisión estratégica adoptada en el mismo existe una nota de inteligencia incorporada al sumario 20/2004. El caso es que los atentados de Casablanca ocurrieron en mayo de 2003 y los de Madrid en marzo de 2004, y que las tramas de uno y otro se solapan notablemente. Es más, el aludido Malek el Andalusi fue quien encomendó a Mustafa el Maymouni, el iniciador de la red del 11-M, formar antes una célula para asimismo atentar en Marruecos.

Aunque lo ocurrido en nuestros madrileños trenes de cercanías continúa siendo presentado como muestra de lo que puede hacer una célula local independiente y formada por inmigrantes musulmanes autorradicalizados, la evidencia sugiere una interpretación distinta sobre los actores, su liderazgo y su estrategia. En la ejecución de los atentados del 11-M hay algunos individuos que fueron delincuentes comunes y es muy razonable inducir que en su preparación intervinieron miembros prominentes del GICM. Pero eso no es todo. La estrecha relación entre quienes desempeñaron papeles fundamentales en la red terrorista de Madrid y Amer Azizi, que en 2004 ocupaba un puesto clave en el mando de operaciones externas de Al Qaeda, tal y como he desvelado en este artículo, obliga a mirar no hacia un barrio de la capital de España, ni hacia la península tingitana, cuando nos preguntamos dónde se aprobó el 11-M, sino hacia Waziristán del Norte.


Fernando Reinares es catedrático de Ciencia Política en la Universidad Rey Juan Carlos. Los contenidos de este artículo forman parte de un libro que culminará gracias al Woodrow Wilson Center de Washington y se titulará Operación trenes de la muerte. El 11-M y la conexión Al Qaeda.

20/5/09

Detenido Mohamed Belhajd, arrendador del piso de Leganés, donde se suicidaría parte de la célula yihadista tras el 11-M

Belhadj será probablemente juzgado por el tribunal de Salé por su implicación en el 11-M

20-05-09 - Abc.es (Luis de Vega)

Las autoridades sirias han extraditado a Marruecos a un hombre acusado de estar implicado en los atentados terroristas del 11-M en Madrid y cuya pista habían perdido las Fuerzas de Seguridad españolas en Bélgica.

Mohamed Belhadj, de nacionalidad marroquí, se encontraba en busca y captura a nivel internacional y ha ingresado en la cárcel de Salé, junto a Rabat, después de haber comparecido ante el juez, según informó la agencia oficial Map, que añade que también penden sobre él acusaciones por delitos cometidos en su país.

Tanto Madrid como Rabat señalan a Mohamed B. como el responsable de haber alquilado el piso de la calle Carmen Martín Gaite de Leganés en el que se inmoló el grueso de la célula que cometió los ataques. Tras los atentados algunos de los terroristas lograron escapar al extranjero. Las autoridades españolas perdieron la pista del ahora detenido en Bélgica, según han confirmado fuentes judiciales españolas a ABC.


Marruecos encarcela a Mohamed Belhajd

elpais.com (Ignacio Cembrero)

El juez instructor del tribunal antiterrorista marroquí de Salé, la ciudad colindante con Rabat, ha ordendo este miércoles el ingreso en prisión de Mohamed Belhajd, de 31 años, por su supuesta participación en los atentados del 11-M, según ha informado la agencia de prensa marroquí MAP .

Belhadj fue el que alquiló, por 600 euros al mes, el piso de la calle Carmen Martín Gaite en Leganés (Madrid) en el que se inmolaron siete terroristas que organizaron la voladura de los trenes de cercanías, en marzo de 2004, que causaron la muerte de 191 personas.

El inquilino marroquí estaba en busca y captura desde entonces. Huyó primero a Barcelona, después a Bélgica y de ahí a Siria dónde residió un par de años antes de ser expulsado a Marruecos a principios de este mes. A su llegada fue detenido en virtud de una orden cursada por la justicia española.

El juez instructor le acusó de "constitución de banda criminal con el propósito de preparar y perpetrar acciones terroristas y alterar gravemente el orden público". No está claro si Belhajd tiene también alguna causa pendiente en Marruecos.

Belhadj será probablemente juzgado por el tribunal de Salé por su implicación en el 11-M.


La Audiencia Nacional tratará que Belhadj sea juzgado

elmundo.es

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pedirá al juez Eloy Velasco, que tramita los "flecos" del sumario del 11-M, solicitar a Marruecos la entrega de Belhadj y, de no ser concedida, que reclame a las autoridades alauíes que sea juzgado en ese país por su participación en los atentados de Madrid.

Estos son los trámites que deberá realizar Velasco desde el momento en que Marruecos comunique a través de Interpol la detención de Belhadj. Dado que Marruecos no tiene por costumbre conceder la entrega de sus nacionales, con toda probabilidad tampoco lo hará con Belhadj, por lo que desde la Fiscalía se ha recordado que se deberá actuar como ya se hizo en el caso de otro marroquí vinculado al 11-M, Abdellilah Hriz, que fue detenido en Marruecos en enero de 2008. El entonces instructor del 11-M Juan del Olmo cursó a Marruecos una denuncia oficial y pudo ser condenado a 20 años.

Se trató de una decisión sin precedentes, puesto que era la primera vez que Marruecos -país con el que España tiene convenio de extradición pero no entrega de sus nacionales- accedía a enjuiciar a uno de sus ciudadanos por delitos cometidos fuera de sus fronteras.

13/3/09

¿Acaso el 11-M no se fijó en Bruselas?

Los atentados de Madrid no fueron obra de una célula local de inmigrantes magrebíes radicalizados. Hay múltiples evidencias de que detrás hubo una trama 'yihadista' internacional vinculada a Al Qaeda

11-03-09 - Fernando Reinares (EL PAÍS)

En Bruselas, sí. No en el barrio de Lavapiés ni en Morata de Tajuña. Fue cuando, casi cinco meses antes de que se produjeran los atentados de 2004 en Madrid, alguien adquirió una tarjeta prepago y facilitó para ello una serie de datos falsos, entre los que figuraba como fecha de nacimiento la del 11 de marzo de 1921.

Es significativo que en la azora 21 del Corán pueda leerse: "Si los infieles conocieran el momento en que no podrán apartar el fuego de sus rostros, ni de sus espaldas...". Además, dicha compra, y por tanto la fijación del 11-M, tuvo lugar el 19 de octubre de 2003. Al día siguiente -ni uno antes, ni uno después- de que un canal qatarí de televisión emitiese un vídeo en el que Osama Bin Laden amenazaba a varios países occidentales, mencionando de manera expresa a España. Una circunstancia asimismo muy reveladora.

Importa aclarar que la aludida tarjeta prepago estaba inserta en el terminal de telefonía móvil encontrado en el dormitorio de la vivienda en que residía -insisto, en Bruselas- Youssef Belhadj, actualmente condenado a 12 años de prisión.

Constato de manera habitual que la inmensa mayoría de los asistentes a conferencias y seminarios en los que se habla del tema desconoce tanto ésas como otras evidencias fundamentales acerca de los terroristas que intervinieron en la planificación y ejecución del 11-M. Quizá por haber estado durante largo tiempo enredados en un debate excéntrico, elucidando si ETA estaba o no implicada en esos trágicos hechos, ha pasado desapercibido lo que los atentados de Madrid indican sobre la configuración del terrorismo global tras los del 11-S en Nueva York y Washington, o sobre la evolución de la amenaza que continuamos afrontando.

Cinco años después, mi impresión es que gran parte de los españoles sigue pensando que lo sucedido aquel infame día en los trenes de cercanías que circulaban hacia la estación de Atocha fue obra de una pequeña célula, constituida de manera espontánea y formada por inmigrantes magrebíes mal adaptados a nuestra sociedad, radicalizados a sí mismos y sin conexiones internacionales de importancia. Pero las cosas no son así.

En primer lugar, entre los implicados en los atentados del 11-M hay varios individuos, como Jamal Zougam y Serhane Ben Abdelmajid Fhaket, El Tunecino, o el huido Said Berraj, que estuvieron integrados en la célula de Al Qaeda establecida en España a inicios de los noventa o mantenían estrechos vínculos con su dirigente, hoy en prisión, Abu Dahdah. Éste quedó al frente de la célula cuando el más notorio de sus fundadores, Abu Musab al Suri, dejó Madrid para trasladarse primero a Londres, donde desarrolló labores doctrinales junto a Abu Qutada, y luego a Afganistán, donde en 1996 era ya miembro del círculo inmediato de Osama Bin Laden.

Esa célula fue sustancialmente desmantelada por la policía en el otoño de 2001, al constatarse su trabazón con la de Hamburgo, la de los suicidas del 11-S, alguno de los cuales estuvo poco antes en nuestro país. Ni aquellos tres individuos ni otros cercanos a ellos encajan en el perfil propio de unos terroristas que constituyen su propia célula local e independiente de manera espontánea, una vez radicalizados a sí mismos.

Al aproximarnos a la identidad de los condenados en sumarios abiertos por los atentados de Madrid se distinguen, en segundo lugar, dos destacados miembros del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM), formado hacia 1993 en Peshawar, Pakistán, y afiliado con Al Qaeda. En su campo de adiestramiento de Jalalabad, Afganistán, se enseñaba a utilizar móviles en explosiones simultáneas. A inicios de 2002, esa organización terrorista y otras dos norteafricanas de la misma orientación -como el Grupo Islámico Combatiente Libio (GICL), alguno de cuyos notables entró en contacto con uno de los terroristas de Madrid- acordaron atentar en los países de donde procedían sus integrantes o en los que residieran.

Los atentados de Casablanca se produjeron en mayo de 2003 y los del 11-M en Madrid, diez meses después. Las redes terroristas de ambos casos se solapan parcialmente. Hassan el Haski, condenado aquí a 14 años, lo ha sido a 10 por lo ocurrido en aquella ciudad marroquí. Ningún miembro del GICM es, por definición, componente de una célula local surgida espontáneamente y carente de conexiones internacionales.

En tercer lugar, envuelto en el 11-M encontramos a un antiguo militante de la Yihad Islámica Egipcia (YIE), que en 2001, siendo su líder Ayman al Zawahiri, el actual lugarteniente de Osama Bin Laden, se fusionó con Al Qaeda. Hablo de Rabei Osman Es Sayed Ahmed, Mohamed el Egipcio, un notorio emprendedor de iniciativas a favor de Al Qaeda y el terrorismo global desde 1999 en Alemania, Francia, Italia, Bélgica y España, donde están acreditados sus ligámenes con algunos de quienes cometieron los atentados de Madrid. Por estos hechos fue condenado en Italia a ocho años de prisión.

Una investigación del Federal Bureau of Investigation (FBI) estadounidense, solicitada por las autoridades italianas, puso de manifiesto que, el 4 de febrero de 2004, es decir, cinco semanas antes del 11-M, El Egipcio activó por primera vez la dirección de correo electrónico que utilizaba normalmente, introduciendo en el formulario de registro un nombre imaginario, con domicilio ficticio y supuestamente nacido el 11 de marzo de 1970. Ocurrió en Milán. No en el barrio de Lavapiés ni en Morata de Tajuña.

Ciertamente, si repasamos el listado de cuantos han sido condenados por los atentados del 11-M o se suicidaron en Leganés el 3 de abril de 2004, hallamos unos cuantos marroquíes, originarios de ciudades como Tánger y Tetuán, inmersos en la delincuencia común y el narcotráfico, liderados por Jamal Ahmidan, El Chino.

Pero fueron expresamente movilizados para participar en los atentados y no constituyeron célula alguna de manera espontánea ni se radicalizaron solos. En cualquier caso, los rasgos comunes a estas personas son relativamente distintivos respecto al conjunto de quienes participaron en los atentados de Madrid y no debe tomarse esta parte por un todo más diverso. A la hora de explicar el amalgamiento de esos individuos caracterizados por su previa trayectoria delictiva con otros inmersos desde hacía mucho tiempo en grupos y organizaciones terroristas afines a Al Qaeda, dentro y fuera del territorio español, es preciso aludir a ligámenes afectivos de amistad, vecindad o parentesco que vinculaban entre sí a no pocos de estos terroristas.

A todo ello debe añadirse que Al Qaeda se hizo responsable de los atentados mediante un comunicado enviado el mismo día por las Brigadas de Abu Hafs al Masri al periódico en lengua árabe que es su destinatario habitual desde hace más de una década, donde fue validado.

Los escondidos en el piso de Leganés siguieron las directrices transmitidas posteriormente con esa rúbrica. Sin olvidar que, según todo indica, los terroristas del 11-M huidos recibieron ayuda no sólo del GICM, sino de Ansar al Islam y el entramado de Al Qaeda en Irak. Alguno de ellos cometió un atentado suicida en este país.

En suma, no parece que los atentados de Madrid fuesen obra de una célula local surgida espontáneamente y formada por un puñado de inmigrantes musulmanes radicalizados a sí mismos. Incluso que el 11-M ocurriese exactamente 911 días después del 9-11 -es decir, el 11-S- resultaría en exceso sofisticado para una camada así. Evidencias como las reseñadas y numerosas otras sugieren una realidad más compleja, que lo es también para una amenaza que persiste.


Fernando Reinares es catedrático de Ciencia Política en la Universidad Rey Juan Carlos e investigador principal de terrorismo internacional en el Real Instituto Elcano. Actualmente prepara un libro sobre el 11-M titulado Operación Trenes de la Muerte.


2/3/09

Hassan el Haski condenado a 10 años de cárcel por los atentados de Casablanca de 2003



Cumple otros 14 años de prisión como autor cualificado en su condición de dirigente por los atentados del 11-M

02-03-09 - Europa Press

La Sala Criminal del Tribunal de Apelación de Salé, en Marruecos, condenó hoy a 10 años de cárcel por terrorismo a Hassan el Haski, ya condenado en España por su papel en los atentados del 11-M, revocando así su absolución decretada por un tribunal de primera instancia.

El Haski, también conocido como Abú Hamza, estaba imputado por "constitución de banda criminal con vistas a preparar y cometer actos terroristas con vistas a atentar gravemente contra el órden público mediante el terror y la violencia", según informa la agencia marroquí MAP.

El pasado mes de septiembre, El Haski había sido absuelto en primera instancia por esta misma jurisdicción de todos los cargos que se le imputaban. En la audiencia de hoy, la Fiscalía pidió su condena a 10 años, mientras que la defensa insistió en su absolución por falta de pruebas.

El terrorista fue extraditado el pasado septiembre por autorización de la Audiencia Nacional y por un plazo de seis meses prorrogables para que las autoridades marroquíes pudieran juzgarle por su presunta implicación en los atentados del 16 de mayo de 2003 en Casablanca. En España, fue condenado a catorce años de cárcel por su implicación en los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.

27/2/09

Saad Husseini, posible artificiero de las bombas del 11-M, condenado a 15 años por los atentados de Casablanca de 2003

Es sospechoso de de ser "el fabricante de explosivos que habrían servido en los atentados de Madrid"

27-02-09 - AFP / EL PAÍS

Uno de los principales acusados por los atentados de Casablanca en 2003 y de Madrid en 2004, Saad Husseini, fue condenado este jueves a 15 años de prisión por el tribunal antiterrorista de Salé, cerca de Rabat, según fuentes judiciales marroquíes.

Diecisiete coacusados que comparecían con él también fueron condenados por el mismo tribunal a penas de cárcel de entre tres y 15 años.

Saad Husseini, de 38 años, estaba considerado como el presunto artificiero de los atentados de Casablanca (45 muertos, entre ellos 12 kamikazes) y en Madrid (191 muertos).


La fiscalía pidió 20 de cárcel para Husseini

Al inicio de su juicio, el tribunal denegó una demanda de la defensa para la puesta en libertad provisional de todos los acusados.

El ciudadano marroquí, que había residido en España, fue arrestado en marzo de 2007 en Casablanca. Juan del Olmo, el juez de la Audiencia Nacional que instruyó el 11-M, tenía fundadas sospechas de que Husseini, licenciado en químicas, fue el "inventor" de las mochilas mortíferas. En diciembre de 2007 viajó a Salé, en el marco de una comisión rogatoria, pero Husseini se negó a proporcionar una muestra de saliva que hubiese permitido comparar su ADN con los perfiles genéticos anónimos que aparecieron en Leganés y Chinchón.

Era sospechoso en Marruecos de ser el jefe de la comisión militar del GICM y en España de ser "el fabricante de explosivos que habrían servido en los atentados de Madrid".

Saad Husseini estaba acusado en Marruecos de "atentado a la seguridad interior del Estado" y de "constitución de banda criminal con el objetivo de preparar y cometer actos terroristas con intención de alterar el orden público".

Originario de Meknes (120 km al este de Rabat), Saad Husseini es titular de una licenciatura en química. Tras una estancia en Afganistán en 2002, volvió a Marruecos durante el mismo año. La policía le interrogó y le dejó libre de nuevo. Fue arrestado otra vez cinco años más tarde.


18/12/08

Abdelilah Hriz condenado a 20 años de cárcel por su participación en los ataques del 11-M

Está imputado en España como autor material de los atentados terroristas de Madrid en 2004

18-12-08 - EFE

El Tribunal de Apelación de Salé, ciudad limítrofe con Rabat, ha condenado hoy a 20 años de prisión a Abdelilah Hriz por su implicación en los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.




El tribunal de Salé ha hallado a Hriz culpable de "constitución de banda criminal para realizar un acto terrorista" y "complicidad en la destrucción de medios de transportes y vías públicas con explosivos". Hriz ha sido condenado también por los cargos de "participación en una agresión premeditada que afecta a la vida y la seguridad de las personas" y "recogida de fondos destinados a financiar un acto terrorista".

Según el fiscal, que había pedido cadena perpetua para Hriz, los análisis de ADN hallado en la sangre de un pantalón y en los restos de cabello en un peine, en casas utilizadas por los terroristas del 11-M, corresponden a Hriz. Las otras pruebas presentadas por el fiscal se centraron en sus relaciones con otros acusados.


Hriz niega la acusación

El acusado, que reconoció haber estado en Madrid entre octubre de 2003 y marzo de 2004, negó estas imputaciones y acusó a la policía española de "fabricar" las pruebas, incluidos los análisis de ADN.



En este mismo sentido, el abogado del acusado, Abdelatif Menuar, consideró que los resultados de los análisis del ADN no pueden ser una prueba suficiente para acusar a Hriz. La defensa, que pidió la absolución de su cliente, dijo que "los resultados de los análisis son contradictorios y no pueden ser comprobados por el tribunal".

Hriz, detenido el pasado 28 de enero en Marruecos a petición de España, está acusado por el juez español Juan del Olmo de 191 asesinatos terroristas consumados, 1.811 en grado de tentativa, cuatro delitos de estragos terroristas y otro de tráfico, tenencia y suministro de explosivos.

La Justicia marroquí aceptó juzgar a Hriz en una decisión sin precedentes, puesto que es la primera ocasión en la que Marruecos -país con el que España no tiene convenio de extradición y que no entrega a sus nacionales- accede a enjuiciar a uno de sus ciudadanos por delitos cometidos fuera de sus fronteras.


Marruecos confirma la pena de 20 años para Abdelilá Hriz por los atentados del 11-M

05-03-09 - Luis de Vega (ABC)

La Justicia de Marruecos confirmó ayer la pena de veinte años de cárcel para Abdelilá Hriz. El Tribunal Antiterrorista de Salé, junto a Rabat, ya le había condenado el pasado 18 de diciembre por su implicación en los ataques del 11-M en Madrid. Su abogado, que pedía la absolución por falta de pruebas, recurrió aquel veredicto. El fiscal había solicitado cadena perpetua.

La Justicia española había presentado una denuncia oficial en la que se detallaban las acusaciones contra este marroquí de 29 años. Su perfil genético aparece en una mancha de sangre de un pantalón encontrado en el piso de Leganés donde se inmoló el grueso de la célula. También concuerda su ADN con las pruebas realizadas a un peine hallado en la casa de Morata de Tajuña donde se ensamblaron las bombas.

Se aportaron además números de teléfono, correos electrónicas, el comprobante de una transferencia bancaria o los testimonios de distintas comisiones rogatorias.
Los acuerdos bilaterales vigentes impiden su traslado a España para ser juzgado. Hriz salió tras el 11-M en dirección a Turquía y fue finalmente detenido en Siria, cuyas autoridades lo entregaron a su país.

La de ayer es la segunda sentencia en Marruecos por delitos cometidos en el extranjero. La otra se produjo en 2008 contra Hicham Ahmidán, también por el 11-M. Con procesos como el de Hriz o el de Hasan El Haski, condenado a catorce años por esos mismos ataques y que acaba de recibir en su país una pena de diez años por los atentados de Casablanca, Madrid y Rabat quieren expresar su estrecha colaboración judicial.

4/12/08

Hicham Ahmidan, condenado a 10 años en Marruecos por su implicación en el 11-M

04-12-08 - Europa Press

La Sala de lo Criminal encargada de asuntos de terrorismo del Tribunal de Apelación de Salé (Marruecos) condenó hoy a 10 años de prisión a Hicham Ahmidan por su implicación en los atentados del 11-M, en los que murieron 191 personas y más de 1.500 resultaron heridas.





La Fiscalía había solicitado una pena de 20 años contra Ahmidan, argumentando que las investigaciones y los hechos demuestran su pertenencia a un grupo terrorista y su papel para proporcionar el material que se empleó en los atentados contra la red de Cercanías de Madrid.

Según informa la agencia oficial marroquí MAP, la Fiscalía también había esgrimido que el acusado tenía vínculos con la célula terrorista que perpetro los atentados del 11 de marzo de 2004. Ahmidan ya está cumpliendo una pena de 5 años de cárcel en Marruecos por tráfico internacional de drogas.

Hicham Ahmidan es primo de Jamal Ahmidan, 'El Chino', líder de la célula islamista que cometió los atentados del 11 de marzo de 2004 y que se inmoló el 3 de abril en un piso de Leganés (Madrid). De él se encontraron muestras de ADN en una casa y cuatro coches utilizados por miembros de este grupo.


ESCAPÓ ANTES DE LOS ATENTADOS

Según el juez instructor de la causa, Juan del Olmo, Hicham Ahmidan escapó de España en dirección a Marruecos pocos días antes de los atentados. Además, encargó la elaboración de tres placas de matrícula falsas que fueron recogidas por Mohamed Oulad Akcha, otro de los suicidas de Leganés.

El condenado también es primo de Hamid Ahmidan, al que el Tribunal Supremo impuso 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista. El alto tribunal revocó la pena a 11 años de prisión que la Audiencia Nacional le había aplicado por un delito contra la salud pública.

Del Olmo aprovechó un viaje realizado a Marruecos en diciembre de 2007 para tomar muestras de ADN del presunto terrorista Saad Houssaini, encarcelado en el país alauí tras ser detenido en Rabat, con el objeto de comprobar si su perfil genético aparecía en algún escenario del 11-M, para pedir un juicio contra este imputado.

Solicitó a las autoridades marroquíes que juzgaran en este país tanto a Ahmidan como a Abdelillah Hriz --otro de los vinculados con el 11-M detenidos allí-- y que no han sido extraditados a España debido a su nacionalidad marroquí.


Aplazado hasta el 18 de diciembre el juicio contra Abdelilah Hriz

La Sala de lo Criminal de Primer Grado del Tribunal de Apelación de Salé (Marruecos), encargada de asuntos de terrorismo, ha aplazado hasta el día 18 de diciembre el juicio contra Abdelilah Hriz, acusado en Marruecos de pertenencia a banda criminal e imputado en España como presunto autor material de los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.





Según informó la agencia de noticias marroquí MAP, el aplazamiento fue solicitado por la defensa para preparar sus alegatos. Hriz, de 29 años y natural de Kénitra, está acusado en Marruecos de "constitución de banda criminal para cometer un acto terrorista y complicidad en la destrucción de medios de transporte y vías públicas con ayuda de explosivos".

Hriz fue absuelto en mayo de 2007 por la Sala de lo Criminal de Segundo Grado del Tribunal de Apelación de Salé, que anuló la primera condena de tres años de prisión que había recibido por los mismos cargos.

Posteriormente, el presunto terrorista fue detenido en enero de 2008 y puesto bajo vigilancia, a petición del fiscal general, a instancias del Tribunal de Apelación de Rabat, por la apertura de una investigación por su presunta implicación en los atentados del 11-M.

El juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo, a cargo del dossier de los atentados de Madrid, viajó a Salé para interrogarle en diciembre de 2007, en el marco de una comisión rogatoria.

Hriz emigró a España en 1999, donde trabajó como electricista después de obtener el permiso de residencia. En 2005, se trasladó a Siria, donde fue detenido en 2005 y entregado a las autoridades marroquíes. Su perfil genético corresponde con el encontrado en un pantalón con sangre en Morata de Tajuña, y con los pelos de un peine hallado en el piso de Leganés.


16/10/08

Desarticulada una nueva célula yihadista que podría haber facilitado la huida de algunos terroristas del 11-M

Operación "Amat" contra el terrorismo islamista desarrollada en Barcelona, Madrid y Algeciras

7-10-08 - José Yoldi (EL PAÍS)

La policía detuvo ayer a 12 supuestos radicales islamistas en Barcelona, Algeciras (Cádiz), Madrid y en cuatro cárceles españolas acusados de haber apoyado la fuga de al menos cuatro autores materiales del 11-M, de haber enviado a suicidas a Irak y de haber cooperado financieramente con el yihadismo. La red ya era conocida y, de hecho, dos de los detenidos estaban en libertad con cautelas desde junio de 2007 tras haber sido detenidos en la llamada Operación Tigris, en la que fue apresado su supuesto jefe Mohamed Larbi Ben Sellam, condenado a nueve años de presidio por su colaboración en el 11-M. La red coordinó la huida de tres autores materiales del ataque de Madrid: Daoud Ouhnane, Mohamed Afallah, Abdelilah Hriz y Mohamed Belhadj.

La operación de ayer, una de las más de sesenta que los servicios antiterroristas tienen en marcha contra el terrorismo islamista, se desencadenó a las tres de la mañana. Su epicentro fue la provincia de Barcelona y, una vez más, Santa Coloma de Gramenet, una de las localidades clave en el islamismo en España. Es la quinta vez que la Comisaría General de Información detiene a miembros de estas células en dicha ciudad.

La policía tenía ocho objetivos, todos de nacionalidad marroquí, pero acabó deteniendo a 18 personas, varias de ellas por vínculos con el tráfico de hachís, y cuatro más en prisión. Los investigadores están comprobando la relación de los 10 restantes con los ocho principales, aunque al menos dos de ellos ya fueron liberados por la mañana, según declaró el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

Los detenidos que estaban en libertad son los tangerinos Driss, Youssef y Bilal Ben Moussa; Hamed Idriss Hachim, Adelaziz Laakel, Mohamed Ben Hesaien (atrapado en Algeciras), Fouad Dkikar y Mustafá Filali. El último estaba en libertad bajo fianza de 6.000 euros y el penúltimo, en libertad con cargos, ambos por la Operación Tigris.

Ésa fue la operación que llevó a la cárcel a tres de los detenidos ayer que aún estaban entre rejas: Driss Beljadi, Samir Tahtah y Kamal Ahbar. Este último es el islamista que hizo una detallada declaración como testigo en el juicio del 11-M. Sólo acusó a los muertos de Leganés y a Afallah y Ouhnane, motivo por el que se da confirmado que ambos perecieron en Irak. También entre rejas estaba Omar Nakhcha, que supuestamente era el jefe de una red radicada en Bélgica, vinculada al Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM), que enviaba suicidas a Irak. Además, supuestamente ayudó a escapar a otro huido del 11-M: Mohamed Belhadj.

Los agentes hallaron, en el registro de uno de los pisos de Santa Coloma, justificantes de envío de dinero a diversos países a través de la compañía Western Union, informaron fuentes policiales.


Los terroristas del 11-M a los que ayudaron

- Mohamed Afallah es uno de los autores materiales del 11-M que logró escapar. La red de apoyo ahora golpeada de nuevo logró que llegase hasta Irak, vía Turquía. Fue dado por muerto el 19 de mayo de 2005 en un atentado suicida en Irak. Antes de volarse por los aires, llamó a su padre. El teléfono le llegó por mediación de Larbi Ben Sellam.

- Daoud Ouhnane estuvo en los

trenes de la muerte el 11-M. Su huella dactilar fue hallada en la Renault Kangoo aparcada el día de los atentados ante la estación de Alcalá de Henares. Se le considera muerto "durante un enfrentamiento con efectivos militares de la coalición" en Irak. Estuvo en Estambul junto Abdelillah Hriz y Outman el Mouhib.

- Mohamed Larbi Ben Sellam, preso desde 2005, ha sido vinculado con todas las células islamistas conocidas en España y con el líder del terrorismo en Irak, ya muerto Abu Musab Al Zarqaui. Cuando un suicida partía hacia Irak decía que se había ido "a París a hacer el taxi". Un enviado suyo fue Belgacem Bellil. Mató a 19 italianos y a nueve iraquíes en Nasiriya.

- Abdelilah Hriz está preso en Marruecos desde febrero. Su ADN estaba en la casucha de Chinchón (Madrid), la guarida de los autores del 11-M, y en el piso de Leganés donde se suicidó el núcleo del comando. Estuvo en Estambul tras el 11-M con Kamal Ahbar, el islamista que en el juicio acusó del ataque de Madrid a los suicidas de Leganés, a Afallah, Ouhnane y a los confidentes.

- Othman el Mouhib vivió en Madrid junto a Hriz y estuvo en un hotel de Estambul, antes de pasar a Irak, donde escapó de la detención por los pelos. El juez Juan del Olmo, instructor del 11-M, aseguró en un auto de febrero de 2007 que "pudo morir en un atentado terrorista en Irak".

El juez Eloy Velasco pide escuchas de 2003 relacionadas con la casa de Moutaz Almallah

15-10-08 - Europa Press

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, --que sustituye a Juan del Olmo-- ha solicitado a su compañero del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu, que le remita la transcripción de unas escuchas grabadas en el año 2003 a los habitantes de la casa situada en la calle Virgen del Coro de Madrid, donde presuntamente se celebraron reuniones yihadistas de varios de los procesados por su relación con los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid, informaron hoy fuentes jurídicas.

Las cintas pertenecen al sumario 230/03, por el que el Juzgado Central de Instrucción número 4 investigaba un año antes de la masacre a los hermanos Moutaz y Mouhannad Almallah Dabas después de que un vecino de la citada vivienda denunciara que en la casa se organizaban encuentros sospechosos.

El Juzgado de Velasco mantiene abierta una causa contra uno de los hermanos --Moutaz-- por pertenencia a organización terrorista. El sirio nacionalizado español fue entregado en marzo de 2007 a España por las autoridades británicas que le detuvieron el 19 de marzo de 2005 en su casa de Slough (oeste de Londres), un día después de que su hermano Mouhannad fuera arrestado en Madrid.

El pasado mes de septiembre el juez decretó su puesta en libertad previo pago de una fianza de 10.000 euros, siguiendo la recomendación efectuada por la Fiscalía. El magistrado consideró en su auto que Moutaz Almallah facilitó el acogimiento de jóvenes radicales islamistas en esta vivienda.

En cuanto a Mouhannad Almallah Dabbas, fue absuelto por el Tribunal Supremo en sentencia firme. El tribunal de la Audiencia Nacional le había condenado a 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista.

Por otra parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido al magistrado la retirada de esta causa de las acusaciones particulares personadas hasta el momento al considerar que su presencia en la instrucción no está justificada dado que el delito del que se acusa a Moutaz Almallah --pertenencia a banda armada-- no guarda relación directa con sus representados.

29/9/08

Al Qaeda utiliza imágenes del 11-M en su último vídeo propagandístico

29-09-08 - Manuel R. Torres (Fundación Athena Intelligence)

El pasado 28 de septiembre de 2008, Al Sahab Media Institute, el brazo mediático de Al Qaeda difundió a través de los principales foros yihadistas en internet un nuevo video titulado: "Un verdadero Iman". En él aparecen imágenes de los atentados del 11-M con una mención a Al-Andalus.

(...) Además en esta relación visual, el grupo terrorista también incluye metraje procedente, no sólo de los atentados del 11 de septiembre y el 7 de julio en Nueva York, Washington y Londres, sino también imágenes de los atentados del 11 de marzo en Madrid. Se trata de la grabación procedente de las cámaras de seguridad de Atocha, el único material visual existente donde puede completarse la escena de las explosiones.

[PDF] Documento completo





21/9/08

Moutaz Almallah Dabas procesado por colaboración con organización terrorista

Su hermano Mouhammad fue condenado a 12 años por pertenencia a organización terrorista por la Audiencia Nacional y, posteriormente, absuelto por el Tribunal Supremo

21-09-08 - 3dm / EL PAÍS / EL MUNDO

Moutaz Almallah, compareció ayer ante el magistrado Eloy Velasco para conocer su procesamiento por colaboración con organización terrorista. El juez le impone la libertad bajo fianza de 10.000 euros.

Moutaz, sirio nacionalizado español, de 51 años, fue detenido en Londres el 18 de marzo de 2005 a petición de la justicia española y entregado por la justicia británica en marzo de 2007. De las declaraciones de otros procesados en el sumario se desprende que Moutaz dirigía en calidad de imán reuniones de exaltación de la yihad a las que acudían, entre otros, Serhane Ben Abdelmajid Fakhet, El Tunecino, autor material de la masacre y uno de los siete suicidas de Leganés, y Mustafá el Maymouni, condenado y preso en Marruecos por los atentados de Casablanca.

La policía considera que Moutaz conocía todos los preparativos de los atentados, en un nivel superior al de su hermano Mohannad, quien tras su primera detención, el 24 de marzo de 2004, aseguró que se había distanciado de su hermano y del Tunecino porque no lo consideraban un buen musulmán.

Los hermanos Almallah Dabas tuvieron contactos con Rabei Osman, Mohamed El Egipcio; tanto es así que incluso la boda de éste se celebró en la casa de Moutaz Almallah en Coslada (Madrid).

El magistrado señala en el auto de procesamiento que la colaboración de Moutaz se produjo con el "entramado terrorista en la banda comandada por Serhane 'El Tunecino', y que de seguro influyó en el posterior entramado que concluyó en el atentado del 11-M y posteriores suicidios de Leganés".

El juez hace una larga lista de esos actos de colaboración: «Prestación de infraestructura y logística, incluso con recaudación de fondos para la subsistencia económica, alojamiento, dotación de documentación de aparente oficialidad, protección, acompañamiento y movilidad de muyahidin en España», así como la «captación, reclutamiento, convicción, adoctrinamiento ideológico, proselitismo y justificación de las acciones violentas vinculadas al islamismo radical, para que nuevos ciudadanos ideológicamente afines se predispusieran para integrar y colaborar con cualquiera de las múltiples facciones islamistas, con alguno de cuyos miembros se relacionaba».

18/7/08

El Supremo confirma que el 11-M fue perpetrado por células terroristas de tipo yihadista y ratifica su dependencia ideológica con Al Qaeda

Confirma la absolución de Rabei Osman 'Mohamed El Egipcio'.- Condena a Antonio Toro.- Absuelve a otros 4 acusados y rebaja 6 penas.- Concluye que el 11-M se empleó la dinamita Goma 2 ECO y los detonadores procedentes de Mina Conchita

[DOC] Sentencia 503/2008 del Tribunal Supremo

La célula dependía ideológicamente de Al Qaeda pero actuaba como organización independiente

17-07-08 - Europa Press

La célula terrorista que atentó contra los trenes de cercanías de Madrid el 11 de marzo de 2004 dependía ideológicamente de la organización Al Qaeda pero actuaba como organización independiente y no tenía vinculaciones con otros grupos o individuos de la red terrorista liderada por Osama Bin Laden, asegura la sentencia del Tribunal Supremo hecha pública ayer.

La sentencia explica que la dependencia ideológica respecto a los postulados defendidos por Al Qaeda queda demostrada "por el contenido de las reivindicaciones de la autoría de los actos terrorista y el resto de material incautado". No obstante señala que "no aparece relación alguna de carácter jerárquico con otros grupos u otros dirigentes de esta organización".

Todo ello permite establecer, según el alto tribunal, que la célula que operaba en Madrid "no dependía jerárquicamente de otra y puede considerarse a efectos penales como un grupo u organización terrorista diferente e independiente".

El tribunal explica que Al Qaeda funciona como un núcleo caracterizado por finalidades terroristas, constituido por un grupo de personas a su vez organizadas en toro a una o varias de ellas, con una base ideológica de tipo religioso fuerte y sus propios medios personales y materiales.

No obstante, además de desarrollar sus propias acciones, "fomenta, apoya y sostiene ideológicamente" la creación y el funcionamiento de numerosas células que reciben su inspiración del núcleo básico pero que actúan de modo independiente, con objetivos inmediatos y zonas de influencia diferentes, incluso con variaciones de sus componentes ideológicos.

"No se trata necesariamente de grupos vinculados entre sí por relaciones de estricta jerarquía, aunque generalmente todos ellos sigan las consignas de lo que podría considerarse la cúpula central". especifica la resolución.

Estas consignas --dicen los magistrados-- suelen transmitirse a través de internet y también de forma directa "por quienes, comportándose como ideólogos, comunican presencialmente a las distintas células las consignas matrices que deben guiar todo su comportamiento".


"Un grupo terrorista integrado por los que murieron en Leganés"

"En la sentencia de instancia se describe la existencia de un grupo organizado de carácter terrorista integrado por las personas que provocan la explosión y pierden la vida en el piso de Leganés, o al menos por parte de ellas. No se establece una atribución individualizada de responsabilidad penal a cada uno de ellos, pues se extinguió con su muerte, lo que determinó, consecuentemente, que no fueran juzgados y que sobre su conducta no se practicaran pruebas de cargo ni de descargo. No obstante, del cúmulo de datos manejados en la resolución aquí impugnada resulta que, al menos algunas de las personas que perdieron la vida en la explosión del piso de Leganés, constituían un grupo organizado, y habían intervenido en la ejecución de los actos terroristas del día 11 de marzo de 2004. La procedencia de la dinamita; la relación de alguno de los fallecidos con los proveedores de aquélla; los datos relativos a la obtención y a la ocultación de los explosivos; los elementos que se refieren a la confección de los artefactos; y, especialmente, los objetos encontrados en el desescombro del piso de Leganés tras la explosión provocada por sus ocupantes demuestran la vinculación de ese grupo con los atentados del día 11 de marzo.

La dependencia ideológica respecto de los postulados defendidos por Al Qaeda resulta asimismo del contenido de las reivindicaciones de la autoría de los actos terroristas y del resto del material incautado. Sin embargo, no aparece relación alguna de carácter jerárquico con otros grupos o con otros dirigentes de esa organización, lo que permite establecer que la célula que operaba en Madrid no dependía jerárquicamente de otra. (...)

La gravedad de los hechos ejecutados por este grupo organizado y por quienes han cooperado con ellos resulta sin dificultad alguna del relato de hechos de la sentencia de la Audiencia Nacional. Asimismo, de la gravedad de esos hechos se deduce la extrema peligrosidad de quienes se han integrado en ese grupo, y también la de quienes le han prestado su colaboración conociendo a sus integrantes y sus ideas extremadamente radicales. Se trata de datos que tendrán su repercusión en el momento de valorar, en cada caso, la corrección de la individualización de las penas impuestas por el tribunal de instancia.

Otros acusados han sido condenados por su pertenencia a otras organizaciones terroristas, también dentro de la órbita ideológico-religiosa de Al Qaeda, pero sin relación con las actividades de los ocupantes del piso de Leganés. Así, Hassan El Haski, como dirigente del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM), y Youssef Belhadj, principalmente por sus actividades proselitistas orientadas a conseguir miembros dispuestos a hacer la yihad siguiendo las consignas ideológicas de Al Qaeda, pero sin que el tribunal de instancia haya considerado acreditada ninguna relación con los atentados del 11 de marzo de 2004".


El Supremo concluye que el 11-M se empleó la dinamita Goma 2 ECO y los detonadores procedentes de Mina Conchita

"Según el razonamiento del Tribunal, está acreditado que el recurrente proporcionó dinamita procedente de Mina Conchita a Jamal Ahmidan, y a otras personas que lo acompañaban, en fechas anteriores y cercanas temporalmente al 11 de marzo de 2004 (...) Es razonable, por lo tanto, concluir que la dinamita proporcionada por el recurrente a Jamal, Goma 2 ECO procedente de Mina Conchita, fue utilizada por éste en los atentados del 11 de marzo.

Es cierto que también aparecen, en menor porcentaje, restos de componentes que pudieran corresponder a Goma 2 EC o a Titadyne, como ocurre con la nitroglicerina o el dinitrotolueno FJ III.5 de la sentencia impugnada). Sin embargo, tal hallazgo, además de que, como hemos dicho, no afectaría a la responsabilidad criminal del recurrente, no impide de forma absoluta la anterior conclusión. De un lado porque el propio Tribunal no excluye la utilización de pequeñas cantidades de otra dinamita diferente; y de otro lado porque de la inspección ocular efectuada en la mina y de la testifical del Guardia Civil que intervino en la misma resulta, y así se establece por el Tribunal en la fundamentación jurídica (FJ III.5.5), que se comprueba la existencia, en la galería nº 1, de dos bolsas de dinamita Goma 2 ECO y además otras dos de dinamita Goma 2 EC, en buenas condiciones. Las bolsas de esta última clase de dinamita son de 2,5 kilogramos, tamaño que dejó de suministrarse en el año 2002, según se afirma en la sentencia. Por lo tanto, también podía proceder de Mina Conchita alguna cantidad de Goma 2 EC que hubiera sido suministrada a la explotación minera con fecha anterior a dicho año 2002. Además, en el nivel 2 de la mina se encuentra otra bolsa de Goma 2 EC con 16 cartuchos, de lo que se desprende que la presencia de esa clase de dinamita no puede considerarse absolutamente excepcional y pudo igualmente ser suministrada por el recurrente al grupo de Jamal mezclada con mayores cantidades de Goma 2 ECO.

Por lo tanto, aunque el Tribunal no descarte la utilización de otra clase de dinamita, afirma que se ha utilizado Goma 2 ECO, lo cual vincula al recurrente con los hechos, y de los informes periciales, tal como son recogidos en la sentencia sin que en el motivo se haya alegado error por la vía del artículo 849.2º de la LECrim, unidos a la inspección ocular, también resulta que esa otra dinamita podría haber sido Goma 2 EC, igualmente procedente de Mina Conchita.

Finalmente, los detonadores eran de dos tipos, de aluminio y de cobre, aunque todos ellos eran similares y procedían del mismo fabricante. Los de aluminio solo se facilitaban a Mina Conchita, por lo que necesariamente debieron ser obtenidos allí. Los de cobre se remitían también a Mina Conchita, en el caso de que no hubiera disponibles de aluminio en cantidad suficiente, y además se remitían a otras explotaciones. Por lo tanto, dado que entre los detonadores identificados en la furgoneta Renault Kangoo, en el desescombro tras la explosión del piso de Leganés y en el artefacto desactivado en la vía del AVE aparecían algunos de aluminio, es claro que todos ellos podían proceder de Mina Conchita. En consecuencia, teniendo en cuenta los demás hechos probados, es razonable concluir que los aportados por el recurrente fueron empleados en los hechos."


No hay pruebas para condenar a 'El Egipcio' aunque se pudo dictar sentencia diferente a la italiana, según el TS

Europa Press

El Tribunal Supremo afirma en su resolución sobre los atentados del 11-M que "no hubiera existido inconveniente en dictar una segunda sentencia condenatoria" contra el procesado como inductor de la masacre Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', diferente a la que realizaron los tribunales italianos, tal y como solicitaron la Fiscalía y otras acusaciones personadas en este proceso, si bien mantiene su absolución por otros motivos, principalmente la falta de pruebas.

'El Egipcio', considerado por el juez que instruyó los hechos como uno de los 'autores intelectuales' de los atentados en los trenes, resultó exonerado del juicio celebrado en la Audiencia Nacional al tenerse en cuenta que ya había sido condenado por integración en organización terrorista en otra causa seguida contra él en Italia.

No obstante, la Fiscalía y otras acusaciones, entre ellas la representada por la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, recurrieron su absolución ante el Supremo por considerar que en su caso no era aplicable el principio 'non bis in idem' (no juzgar dos veces por los mismos hechos), puesto que la condena impuesta en Italia a este individuo no era firme.

El fiscal del Supremo pidió para él 10 años por un delito de integración en organización terrorista pese a que meses antes, ante la Audiencia Nacional, el Ministerio Público había solicitado 38.952 años de cárcel por su responsabilidad en los 191 muertos y 1.856 heridos de los atentados.

En la sentencia hecha pública hoy por el Supremo se dice, tras analizar el derecho internacional aplicable al caso, que el fiscal tenía razón al negar la posibilidad de una aplicación del principio 'non bis in idem', si bien respecto a 'El Egipcio' "la declaración de hechos probados contiene una afirmación de tal generalidad que no resulta bastante a efectos penales para establecer la pertenencia del acusado a una determinada organización o grupo terrorista".

"Desde este punto de vista no hubiera existido inconveniente en dictar una segunda sentencia condenatoria sobre la base de los hechos que en este proceso se hubieran declarado probados si efectivamente fueron suficientes para la subsunción en un tipo delictivo determinado", lo que no es el caso, apunta el alto tribunal.


PRUEBAS CONTRA 'El EGIPCIO'

La Sala Segunda del Supremo concreta que, respecto de Rabei Osman, la Audiencia Nacional sólo dijo en su sentencia, de forma general, que es miembro de células o grupos terroristas de tipo yihadista y declaró probada su relación con otro de los procesados -Fouad El Morabit, condenado a 12 años de prisión- quien tenía los números de teléfono 'El Egipcio' en Francia e Italia.

Se dice también que, tras tener noticia de los suicidios de 7 miembros de la 'célula' en Leganés (Madrid), el 3 de abril de 2004, El Sayed trató de ponerse en contacto con su amigo, aunque no pudo porque ya estaba preso.

Así, el 24 de mayo de ese año le comentó a otro individuo, Mourad Chabarou, condenado en Bélgica como miembro del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM) que "Serhane ('El Tunecino, muerto en Leganés), Fouad y todos los hermanos han muerto, que todo el grupo está con Dios". De esta conversación no puede inferirse la participación de Osman en los atentados del 11 de marzo, según el Supremo.


REPROCHES

Así, concluye que "la sentencia impugnada no contiene una descripción fáctica que permita una condena por el delito por el que se ha acusado, ni realiza una valoración de la prueba que permita el establecimiento de los hechos".

Respecto a las peticiones de las partes, afirma que que "el elemental respeto por las decisiones judiciales procedentes de otros países (...)no alcanza a utilizar los hechos que en las mismas se declaran probados para, sin practicar ante el tribunal español prueba valida y suficiente sobre los mismos y sin razonar expresamente sobre su valor probatorio, declararlos probados y proceder al dictado de una nueva sentencia condenatoria".

Por ello concluye que, dadas las circunstancias, "hubiera podido plantearse la procedencia de devolver la causa al tribunal de instancia para la valoración de la prueba practicada sobre los hechos concretamente imputados al acusado Rabei Osman, pero no existe en ese sentido ninguna petición expresa de las acusaciones".


Condena a Antonio Toro a cuatro años de prisión por tráfico de explosivos.- Absuelve a Basel Ghalyoun, Mouhammad Almallah, Abdelilah El Akil y Raúl González.- Rebaja las penas a Otman El Gnanoui, Hamid Ahmidan y a Hassan el Haski

Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la Fiscalía y de otras partes personadas en el proceso por los atentados del 11-M, por lo que mantiene la absolución de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', quien resultó exonerado del juicio celebrado en la Audiencia Nacional al tenerse en cuenta que ya había sido condenado por integración en organización terrorista en otra causa seguida contra él en Italia.

Fuentes de la acusación personadas a primera hora de esta mañana en el Tribunal Supremo para que les fuera notificado este fallo señalaron que la sentencia, que consta de 959 páginas, condena a cuatro años de prisión por un delito de tráfico de explosivos a Antonio Toro, ex cuñado del minero José Emilio Suárez Trashorras. Toro había sido absuelto por la Audiencia Nacional.

En cambio, el alto tribunal ha resuelto la absolución de cuatro de los 21 condenados en primera instancia. Se trata de Basel Ghalyoun, que había sido condenado a 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista; Abdelillah El Fadual El Akil, que había sido condenado a 9 años por colaboración con banda armada; Mouhanad Almallah Dabbas, condenado a 12 años por pertenencia; y el supuesto miembro de la 'trama asturiana' de tráfico de explosivos Raúl González, también ex minero, que había sido condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos.

El Supremo ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por otros tres procesados. Se trata de Otman El Gnanoui, al que el Supremo le quita dos años por considerarle inocente del delito de falsedad en documento oficial, manteniéndole la condena como autor material de los hechos, lo que suma un total de 42.922 años de cárcel; Hamid Ahmidan, al que se le anula una multa por tráfico de drogas impuesta por la Audiencia Nacional; y Hassan El Haski, a quien se le resta uno de los 15 años de prisión que le fueron impuestos, porque esta condena excedía lo máximo previsto en el Código Penal para el delito de pertenencia a organización terrorista.

En términos generales, y a la espera de que sea hecho pública la totalidad de la resolución, las mismas fuentes señalaron que el Supremo ha rechazado la práctica totalidad de recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional.


Los condenados y sus respectivas penas son:

- Otman El Gnanoui. Condenado a 42.922 años de prisión por pertenencia a organización terrorista, 191 asesinatos, 1.856 asesinatos en grado de tentativa, cuatro estragos terroristas. El Supremo le absuelve del delito de falsedad documental al que fue condenado por la Audiencia Nacional (2 años).
- Jamal Zougam. Condenado a 42.922 años de prisión por pertenencia a organización terrorista, 191 asesinatos consumados, 1.856 tentativas de asesinato y cuatro estragos terroristas.
- José Emilio Suárez Trashorras. Condenado a 34.715 años y seis meses de prisión por 192 asesinatos (incluido el del GEO Francisco Javier Torronteras), 1.991 tentativas de asesinato, cinco estragos terroristas y falsedad documental. En cada uno de los delitos se le ha aplicado una reducción de pena de 5 años por la atenuante de problemas psiquiátricos.
- Antonio Toro. Condenado a 4 años de prisión por tráfico de explosivos. El Tribunal Supremo anula así la absolución de la sentencia de los magistrados de la Audiencia Nacional.
- Hamid Ahmidan. Condenado a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista. El Tribunal Supremo le absuelve del delito contra la salud pública (11 años).
- Abdelmajid Bouchar. Condenado a 18 años de prisión por pertenencia a organización terrorista y suministro de sustancias explosivas.
- Rachid Aglif. Condenado a 18 años de prisión por pertenencia a organización terrorista y suministro de sustancias explosivas.
- Hassan El Haski. Condenado a 14 años de prisión como autor cualificado en su condición de dirigente de la organización terrorista. El Tribunal Supremo reduce la condena de la Audiencia Nacional en 1 año debido ya que 14 años es la máxima pena prevista para este delito por el Código Penal.
- Youssef Belhadj. Condenado a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
- Fouad El Morabit. Condenado a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
- Mohamed Bouharrat. Condenado a 12 años de prisión por pertenencia a banda armada.
- Mohamed Larbi Ben Sellam. Condenado a 9 años de prisión por pertenencia a organización terrorista. El Tribunal Supremo ha reducido su condena en 3 años.
- Saed El Harrak. Condenado a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
- Rafa Zouhier. Condenado a 10 años de prisión por tráfico de explosivos en colaboración con organización terrorista.
- Mamoud Slimane Aoun. Condenado a 2 años por falsedad documental. El Tribunal Supremo reduce la condena de la Audiencia Nacional en un año.
- Nasreddine Bousbaa. Condenado a 2 años por falsedad documental. El Tribunal Supremo reduce la condena de la Audiencia Nacional en un año.
- Sergio Álvarez. Condenado a tres años de prisión por transporte de explosivos.
- Antonio Iván Reis Palicio. Condenado a tres años de prisión por transporte de explosivos.


Finalmente han sido absueltos:
- Basel Ghalyoun. Condenado por la Audiencia Nacional a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
- Mouhanad Almallah Dabbas. Condenado por la Audiencia Nacional a 12 años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
- Abdelillah El Fadual El Akil. Condenado por la Audiencia Nacional a 9 años de prisión por un delito de colaboración con banda armada.
- Raúl González. Condenado por la Audiencia Nacional a 5 años de prisión por suministro de explosivos.

Y se mantiene la absolución de:
- Rabei Osman El Sayed alias "Mohamed El Egipcio".
- Emilio Llano.
- Iván Granados.
- Javier González Díaz.
- Carmen Toro.
- Mohamed Moussaten.
- Brahim Moussaten.


4/7/08

Sentencia del Tribunal Supremo

[DOC] Sentencia 503/2008 del Tribunal Supremo

El Supremo confirma que el 11-M fue perpetrado por células terroristas de tipo yihadista y ratifica su dependencia ideológica con Al Qaeda (17-07-08)

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3/7/08

El Supremo concluye la vista de los recursos contra la sentencia del 11-M

El fallo del Supremo se conocerá este mes

02-07-08 - EFE

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha concluido a las 19:00 horas de hoy la vista de los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a veintiuno de los veintiocho procesados por los atentados del 11-M a penas de entre 3 años y 42.924 años.

El fallo del tribunal, compuesto por los magistrados Juan Saavedra (presidente), Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela, se conocerá, previsiblemente, a finales de este mes, según han informado fuentes del Alto Tribunal.

Contra el fallo que la sección segunda de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional dictó el 31 de octubre de 2007, que absolvió a 7 de los procesados, han presentado recurso el Ministerio Fiscal, las asociaciones 11-M Afectados por el Terrorismo y de Ayuda a las Víctimas del 11-M, varias víctimas particulares, los 21 condenados y uno de los absueltos: Rabei Osman El Sayed, "Mohamed El Egipcio".

Tras la intervención de los fiscales, el presidente del tribunal ha dado por concluida la vista a las 19:00 horas.


El fiscal impugna todos los recursos contra la sentencia

03-07-08 - José Yoldi (EL PAÍS)

La Sala Segunda del Tribunal Supremo concluyó ayer la vista de los recursos de casación del 11-M, con la impugnación por parte de la fiscalía de todos los recursos, a excepción del suyo propio que defendía la condena por pertenencia a banda terrorista de Rabei Osman, Mohamed el Egipcio.

El fiscal Jaime Moreno, en un informe muy técnico, llegó a decir que la sala tenía abierta la puerta para elevar la condena a Rafa Zouhier por los atentados, aunque él se mostró contrario a hacerlo. El tribunal tiene intención de notificar la sentencia, o al menos el fallo, antes del 1 de agosto.

El procesado Abdelilah el Fadual el Akil, condenado a nueve años de prisión por colaboración con banda terrorista, tendría que quedar en libertad el próximo 14 de septiembre por haber cumplido la mitad de la pena impuesta en prisión preventiva, si antes de esa fecha no se notifica la sentencia. El Supremo no permitirá que eso ocurra.

La última sesión de la vista del 11-M en el Supremo discurrió por donde los dos días anteriores. Las acusaciones y el fiscal reclamaron que El Egipcio sea condenado, mientras que su abogado pidió que se mantenga su absolución por entender que no hay ninguna prueba de que sea un terrorista yihadista. El fiscal estima que El Egipcio debió ser condenado como miembro de una organización terrorista, porque aunque ha sido penado en Italia por el mismo delito, la sentencia del Tribunal de Milán no es firme, sino que está recurrida en el Tribunal de Casación.

Las acusaciones entienden que en la sentencia de la Audiencia Nacional hay elementos más que suficientes para condenar a El Egipcio como autor por inducción de los atentados. Su defensor, Endika Zulueta, dijo que no hay ninguna prueba concreta contra El Egipcio, salvo las conversaciones grabadas en Italia, en las que presumía de estar detrás del atentado de Madrid, y que, a su juicio, no pueden ser admitidas, porque en España no sólo es jurídicamente inadmisible colocar un micrófono en un domicilio sin autorización judicial sino que además es un delito. También destacó que no se puede juzgar varias veces a un acusado por los mismos hechos esperando a ver qué tribunal llega primero a la condena.

Pero el letrado Gonzalo Boye, uno de los acusadores más incisivos, explicó que todos estos argumentos de ilegalidad de las escuchas a El Egipcio han sido descartados en la sentencia de Bélgica por la que se condenó a su interlocutor telefónico, Mourad Chabarou y que, por tanto, también El Egipcio tenía que ser condenado en España. Boye solicitó al tribunal que dé una respuesta jurisdiccional al terrorismo yihadista, porque es evidente que no tiene una estructura jerárquica como en el caso de ETA, ni una persistencia en el tiempo, que eran requisitos para considerar la existencia de banda terrorista. El abogado José María Fuster recordó que las víctimas de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, a la que representa, le preguntan: "¿Cómo es posible que dos sentencias declaren que Rabei Osman es terrorista y que no haya sido condenado?".

El fiscal también precisó que las escuchas a El Egipcio en Italia son legales por el principio de reconocimiento mutuo de los procedimientos de otros países de la UE, pero que de las pruebas existentes no se deduce que fuera inductor de los atentados.

1/7/08

Amonestado un abogado partidario de la teoría de la conspiración por cuestionar el origen islamista del 11-M

La Sala de lo Penal del TS entiende que la pericial de explosivos no afecta a la condena de Basel Ghalyoun por pertenencia a organización terrorista

José Luis Abascal alegó durante su intervención que Basel Ghalyoun había sufrido indefensión porque no había tenido acceso a las grabaciones de la prueba pericial de explosivos, insinuando que se habían borrado partes molestas que contradecían la sentencia.

El presidente del tribunal le interrumpió, manifestando que su cliente había sido condenado por pertenencia a banda terrorista, y no como autor de los atentados, por lo que no le afectaba la pericial de los explosivos. Abascal volvió a retorcer los hechos señalando que la estimación por el tribunal de que el explosivo utilizado en los atentados fuera Goma 2 Eco conllevó que la investigación se dirigiera a la vía islamista y que Ghalyoun fuera acusado. El Tribunal no permitió al abogado continuar con su argumentación impidiendo así que sobrevolara las sala la llamada Teoría de la conspiración.





01-07-08 - EuropaPress

El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra, amonestó hoy al abogado José Luis Abascal, que ejerce la defensa del miembro de la célula islamista autora de los atentados del 11-M Basel Ghalyoun, por cuestionar la prueba pericial sobre el explosivo utilizado en la masacre, que la sentencia identificó como dinamita procedente de la explotación asturiana 'Mina Conchita', y asegurar que la consideración de que "fuera Goma 2 ECO decantó la investigación por la vía islamista".

"La estimación por el tribunal de que el explosivo utilizado en los atentados del 11-M en Madrid fuera Goma 2 ECO conllevó a que la investigación se dirigiera a la vía islamista y que en esa dirección finalmente fuera acusado mi cliente", aseguró Abascal durante la segunda jornada de vistas en la que se analizan los 31 recursos de casación presentados por acusaciones y defensas contra la sentencia de la Audiencia Nacional.

Abascal, que rescataba de esta forma una de las tesis de los defensores de la denominada 'teoría de la conspiración', vinculó esta conclusión al denominado "efecto Rosenthal", según el cual los resultados de una investigación vienen determinados por las expectativas de su autor. "El experimentador que tiene una hipótesis obtendrá resultados sobre esa hipótesis", señaló.

Esta afirmación provocó que el presidente del tribunal cortara la argumentación del abogado de Ghalyoun y le preguntara "en qué afecta la pericia" de los explosivos "a la condena de su cliente por pertenencia". "La Sala entiende que no le afectan ", se contestó. Tras esta advertencia, el letrado recordó que su cliente fue "acusado como autor material" y el presidente le replicó que en todo caso "no fue condenado" por ese delito. Al final, Abascal recondujo su exposición y no volvió a hacer referencias sobre los explosivos.


BELHADJ ALEGA UNA "PRUEBA ILEGAL".

La segunda jornada de vista en el Tribunal Supremo, que se prolongó durante más de tres horas, también analizó los recursos de casación de las defensas de otros nueve condenados por la Audiencia Nacional, que impuso penas de entre 3 y 42.919 años de cárcel a 21 de los 28 acusados.

El letrado de Yusef Belhadj, condenado a 12 años de prisión como integrante de organización terrorista, pidió la absolución de su representado alegando que la principal prueba que obra en la causa contra él, la declaración de su sobrino Mohamed Moussaten, fue "ilegal" y se realizó "sin base fáctica, como luego bien se ha demostrado", en referencia a la absolución que dictó el tribunal del 11-M.

"La policía no le detuvo por su participación en los hechos sino por lo que podía sacar de mi defendido", alegó su abogado, Francisco Andújar, antes de añadir que el testimonio de Moussaten no pudo ser sometido a contradicción ni en la fase de instrucción ni durante el juicio.

Por su parte, José Luis Borraz, representante legal de Hassan Haski, condenado a 15 años de cárcel, defendió que éste no debería haber sido considerado dirigente de la célula islamista porque, a su entender, la sentencia no acredita con ningún dato la afirmación de que existiera una "organización armada" que cometiera "actos violentos" con el objetivo de "derrocar los regímenes democráticos". También pidió, en consonancia con la opinión de la Fiscalía, que el Supremo rebaje su condena a 14 años, pena máxima para el delito por el que fue condenado.

En relación con Mohamed Bouharrat, al que se impuso idéntica condena por el delito de pertenencia, su abogada, Isabel García Moreno, señaló que el único indicio que consta contra su cliente es el hallazgo en el piso de Leganés (Madrid) en el que se suicidó la célula islamista de un libro de oraciones en el que apareció una huella suya. En este sentido, indicó que en la vivienda se encontraron "más de 200 huellas y más de 100 con valor identificativo a las que no se dio esa trascendencia".

La ausencia de pruebas que acrediten que ayudara a huir de España a Mohamed Belhadj y Mohamed Afalah, dos de los cuatro autores materiales de la masacre que se cree que abandonaron España tras los atentados, fue el argumento esgrimido por Julio Sánchez-Majano, letrado de Mohamed Larbi, al que el tribunal impuso 12 años de prisión por considerar que era miembro de la célula islamista que se suicidó en Leganés.


"NO SABÍAN QUE LLEVABAN EXPLOSIVOS".

También expusieron sus recursos de casación las defensas de Sergio Álvarez e Iván Reis, condenados a tres años de cárcel por transportar una parte de los explosivos que se utilizaron en los trenes de Cercanías. Sus abogadas pidieron en ambos casos la absolución argumentando que pensaban que las bolsas que el ex minero José Emilio Suárez Trashorras les encargó llevar a Madrid contenían CDs piratas y hachís, respectivamente, pero no explosivos.

Ante la Sala de lo Penal del alto tribunal, que preside el magistrado Juan Saavedra, también comparecieron las defensas de Abdelillah Fadual, condenado a nueve años de cárcel por colaborar con la célula islamista al vender a Jamal Ahmidan, 'El Chino', el coche en el que se trasladaron los explosivos; y Nasredine Bousbaa y Mahmoud Slimane, a los que la Audiencia Nacional impuso tres años de prisión por falsificar pasaportes para éste.

La vista, que comenzó ayer con la exposición de los recursos de casación presentados por la Fiscalía, las otras ocho acusaciones y las nueve primeras defensas, se reanudará mañana, miércoles, a partir de las 10.45 horas, con la exposición de los recursos de las defensas de Rabei Osman, 'El Egipcio', Abdelmajid Bouchar y Saed el Harrak.

30/6/08

El fiscal pide al Supremo que condene a Rabei Osman 'Mohamed El Egipcio' por el 11-M

La Asociación 11-M Afectados pide la condena de Carmen y Antonio Toro

30-06-08 - Europa Press

El fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas defendió hoy ante el Tribunal Supremo la condena por un delito de integración en organización terrorista de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', quien resultó absuelto en el juicio por los atentados del 11-M celebrado en la Audiencia Nacional al tenerse en cuenta que ya ha sido condenado por este mismo delito en Italia. Navajas destacó que la condena italiana aún debe ser confirmada por el Supremo de dicho país, y que esta falta de firmeza obliga a la jurisdicción española a imponerle una pena de prisión.





La petición del fiscal se produjo durante la primera sesión de la vista por los 31 recursos presentados contra la sentencia dictada por la Audicencia Nacional el pasado 30 de octubre, y a ella se ha adherido la Abogacía del Estado. A diferencia de lo solicitado por la Fiscalía en primera instancia (se pidieron más de 38.000 años a 'El Egipcio' por causar las víctimas de Madrid), Navajas solicitó para este condenado una pena "dentro del baremo" establecido para el delito de integración terrorista, que va de los 6 a los 10 años de prisión.

A lo largo de su intervención ante la Sala de lo Penal del Supremo, presidida por el magistrado Juan Saavedra, el fiscal Navajas dijo respecto a los condenados por la Audiencia que "son todos los que están pero en modo alguno están todos los que son".

Reconoció que puede decírsele que el recurso de la Fiscalía respecto a El Sayed carece de eficacia porque "va a ser condenado con seguridad en Italia", si bien ello no es óbice para que se pida una pena en España porque no debe olvidarse que este procesado "es miembro de una célula terrorista que pretende derrotar regímenes democráticos y elimitar la cultura occidental, sustituyéndola por un régimen islamista radical".

Respecto a la impugación de su recurso por parte del abogado de 'El Egipcio', el fiscal Navajas defendió que el principio 'non bis in idem' significa que una persona no puede ser condenada dos veces por el mismo delito, si bien "desde el punto de vista legal, normativo y jurisprudencial" esto no quiere decir que no pueda ser, imputado, juzgado y condenado en nuestro país mientras se carezca de firmeza en lo que respecta a la condena italiana.


MÁS DUREZA CONTRA 'EL EGIPCIO'

En este punto el que fue más allá fue el abogado Antonio Segura, en representación de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, presidida por Pilar Manjón. Para este letrado, Rabei Osman debería ser condenado no sólo por el delito genérico de terrorismo, sino por los 191 muertos y 1.856 heridos que causaron los atentados, ya que la célula islamista que 'El Egipcio' fundó en Madrid nada tiene que ver con la que aglutinó en Milán, dirigida a enviar 'mujaidines' a Irak, que son los hechos por los que fue condenado en el país transalpino.

"En la sentencia italiana, los atentados de Madrid se citan como ejemplo, no como motivo para condenar -afirmó el abogado-. El 11-M fue juzgado en Madrid y debe juzgarse en Madrid, donde Rabei Osman formó parte de otra célula" diferente a la que fundó en Milán. De otro modo, según Segura, podría darse la grave circunstancia de que 'El Egipcio' pudiera resultar finalmente absuelto pese a que dos jurisdicciones, la española y la italiana, consideren probado que es un peligroso terrorista.

Esta parte también solicitó la condena de los absueltos de la denominada 'trama asturiana' de suministro de explosivos Antonio y Carmen Toro, y que se condene igualmente como 'inductores' de la masacre a los considerados por la Audiencia simplemente integrantes de la célula Youseff Belhadj, Mohamed Larbi Ben Sellam, Fouad El Morabit y Hassam el Haski; mientras que respecto a Abdelmajid Bouchar (quien huyó del piso de Leganés, en Madrid, antes del asalto de los Geos, el 3 de abril de 2004), solicitan que sea considerado autor material de los hechos al igual que los siete terroristas que se inmolaron en dicho piso. La Audiencia sólo condenó a este último por integración y tenencia de explosivos.

Aunque Navajas no lo expuso durante su intervención, la Fiscalía también solicita otras dos modificaciones de corte menor en apoyo de las defensas de Hamid Ahmidan (condenado a 23 años de cárcel por pertenencia a banda armada, para que se elimine la multa que le fue impuesta por tráfico de drogas) y Hassan el Haski (acusado de ser uno de los instigadores y finalmente condenado a 15 años de cárcel por terrorista, para que se le rebaje uno de ellos, que supera el máximo legal para dicha conducta).


ZOUHIER Y LOS TORO

También intervino durante la sesión de hoy el abogado Antonio García, en representación particular de la propia Pilar Manjón y otras víctimas, quien argumentó ante la Sala su petición para que Rafa Zouhier (condenado a 10 años por suministro de explosivos) lo sea también omo cooperador necesario en los hechos.

Argumentó este letrado que Zouhier, que era confidente de la Guardia Civil, conocía las ideas extremistas del responsable de la célula Jamal Ahmidan (muerto en Leganés), así como su obsesión con el uso de teléfonos móviles para confeccionar explosivos, pese a lo cual le ayudó a proveerse de explosivos. De igual modo, esta parte impugna la absolución de Toro y de su hermana y ex mujer del 'cabecilla' de la trama asturiana de suministro de explosivos, Emilio Suárez Trashorras.

La vista comenzó con la impugnación, por parte de la Asociación de Víctimas del 11-M, de la absolución de Carmen Toro, ex mujer del ex minero asturiano Emilio Suárez Trashorras, quien facilitó los explosivos a los terroristas. La razón es que la abogada de esta mujer se encuentra en avanzado estado de gestación, por lo que tras defender a su patrocinada fue dispensada por el tribunal de seguir acudiendo a las sesiones, que se extenderán durante mañana y tarde.

Durante la sesión de hoy también participaron el representante de la Asociación de Ayuda a las víctimas del 11-M José María de Pablo, que únicamente ha recurrido el capítulo de indemnizaciones, entre ellas las de los vecinos de Leganés (Madrid) que se vieron perjudicados por la explosión del piso donde se alojaban los terroristas y de seis inmigrantes sin papeles que fueron rechazados como vícitmas por la Audiencia Nacional.

Los abogados de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) Juan Carlos Rodríguez Segura y Emilio Murcia, que representas a víctimas particulares, ya que la asociación no impugnó la sentencia de la Audiencia Nacional. Solicitan también un incremento de las indemnizaciones.


DEFENSAS DE ZOUHIER, ZOUGHAM Y TRASHORRAS

En la sesión vespertina de la primera de las vistas que celebra la Sala de lo Penal para analizar los 31 recursos de casación presentados contra la sentencia, el abogado de Rafa Zouhier, Antonio Alberca, defendió que el tribunal de instancia no acreditó que su cliente supiera que el ex minero José Emilio Suárez Trashorras hubiera suministrado explosivos al líder de la célula islamista Jamal Ahmidan, 'El Chino', ni que hubiese organizado una reunión entre ellos.

La defensa del ex confidente de la Guardia Civil Rafa Zouhier, condenado a diez años por suministrar explosivos a la célula islamista que cometió los atentados del 11-M, solicitó hoy al Tribunal Supremo que le aplique el mismo criterio que empleó la Audiencia Nacional para absolver a los hermanos Carmen y Antonio Toro, al considerar que tienen imputaciones similares.

El abogado de Jamal Zougam, condenado a 42.917 años como autor material de la masacre, defendió la ausencia de pruebas de cargo contra su cliente por las "contradicciones" en que, a su juicio, incurrieron los testigos protegidos que aseguraron verle en los trenes de Atocha. Asimismo, señaló que el tribunal obvió los testimonios que justificaban su coartada, entre ellos el de su madre, a la que se impidió comparecer en la fase de instrucción, y el de un hermanastro.

El letrado Eduardo García Peña defendió durante su exposición que no existe ninguna prueba que relacione a Zougam con los explosivos utilizados en los atentados, con la casa de Morata de Tajuña en la que se prepararon o con la Renault Kangoo en la que fueron traslados hasta la estación de Cercanías de Alcalá de Henares. De igual modo, indicó de dos hermanos del líder de la célula islamista Jamal Ahmidan, 'El Chino', aseguraron que éste "no tenía nada que ver con los atentados".

La defensa del ex minero José Emilio Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años y seis meses, centró su exposición en rebatir la tesis del tribunal de que su cliente fue "cooperador necesario de los atentados" al suministrar a 'El Chino' la dinamita que se utilizó en los trenes, que había sustraído de la explotación asturiana Mina Conchita.

En este sentido, el letrado Claudio Turiel argumentó que su cliente no pudo actuar como cooperador necesario porque, según la sentencia, la dinamita "estaba al alcance de cualquiera" y él "era sustituible". A ello añadió que el tribunal entendió que "todo o parte del explosivo provino de Mina Conchita", de lo que dedujo que "pudo haber otro proveedor".

Tras poner de manifiesto la "esquizofrenia" que sufre el ex minero, destacó la "colaboración" que mantuvo en todo momento con el Cuerpo Nacional de Policía, lo que le llevó el 12 de marzo de 2004, un día después de los atentados, a comunicar al comisario de Avilés Manuel García Rodríguez, 'Manolón', que los autores de los atentados habían sido "los amigos de Rafa". Según Turiel, su condición de "confidente" le impidió actuar en los hechos con "dolo eventual".

La Sala, presidida por el magistrado Juan Saavedra, también escuchó los recursos de casación planteados por las representaciones legales de Otman El Gnaoui, condenado a 42.919 años de cárcel como autor material de la masacre; Fouad Morabit y Mouhannad Almallah Dabbas, a los que se impusieron doce años de prisión por integración en organización terrorista; y Hamid Ahmidan, condenado a 23 años de prisión por colaboración con banda armada y tráfico de drogas.

El Supremo ve desde hoy los 29 recursos de casación contra la sentencia del 11-M

Ocho acusaciones, la fiscalía y 22 defensas reclaman aumentos en las penas

30-06-08 - J. M. L. / J. Y. (EL PAÍS)

La Sala Penal del Tribunal Supremo inicia a partir de hoy la vista de los 31 recursos de casación interpuestos por el fiscal, ocho acusaciones y 22 defensas contra la sentencia del 11-M, que condenó a los principales autores de los atentados de los trenes de la muerte en los que fueron asesinadas 191 personas y casi 2.000 resultaron heridas.

La Sala Penal del Tribunal Supremo inicia a partir de hoy la vista de los 31 recursos de casación interpuestos por el fiscal, ocho acusaciones y 22 defensas contra la sentencia del 11-M, que condenó a los principales autores de los atentados de los trenes de la muerte en los que fueron asesinadas 191 personas y casi 2.000 resultaron heridas. La sentencia de la Audiencia Nacional, que exoneró a algunos de los principales acusados y causó una fuerte decepción entre las asociaciones de víctimas, será supervisada a partir de hoy y durante cuatro o cinco jornadas por una sala de cinco magistrados y emitirá un pronunciamiento en firme sobre los 21 condenados y los ocho absueltos.

El tribunal estará integrado por el presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Miguel Colmenero, este último encargado de redactar la sentencia. Un tribunal equilibrado en el aspecto ideológico, con dos magistrados progresistas, dos conservadores y un presidente que ha procurado ejercer su mandato con imparcialidad.

A diferencia de otros países, la instancia de casación en España no prevé un segundo juicio en el que se cuestionen todas las pruebas estudiadas en la primera vista, sino que tiene un cauce muy delimitado en el que sólo cabe impugnar cuestiones de fondo y de forma. Ante el Supremo no comparecen los condenados, sino sólo sus abogados, que exponen por orden los motivos de casación y contestan a los de las demás partes procesales.

Serán, pues, varios días de discursos jurídicos de altura, sin los acicates del juicio a los ocupantes del banquillo que fue retransmitido a todo el mundo. En esta ocasión no habrá cobertura televisada, y sólo se permitirá captar imágenes el primer día, al inicio de las sesiones. No obstante, la vista será grabada y televisada en circuito cerrado para los medios de comunicación.

La sentencia del 11-M condenó a tres de los 29 procesados -Jamal Zougam, José Emilio Suárez Trashorras y Otman el Gnaoui- a penas superiores a los 40.000 años de cárcel como autores del atentado. Los tres supuestos inductores -Rabei Osman (Mohamed el Egipcio), Hassan el Haski, Youssef Belhadj-, para los que la fiscalía pedía condenas similares, fueron absueltos de esos delitos, si bien El Haski y Belhadj fueron condenados por pertenencia a banda terrorista, mientras que El Egipcio resultó absuelto por haber sido condenado en Italia por el mismo delito, aunque la sentencia todavía no es firme.

La fiscalía estará representada por Luis Navajas, apoyado por Antonio del Moral y Jaime Moreno. La fiscalía hace una defensa a ultranza de la sentencia de la Audiencia Nacional y sólo apoya parcialmente los recursos que coinciden con el suyo en pedir la condena de El Egipcio.

El fiscal ha presentado un informe de 466 folios en el que defiende los argumentos de la sentencia y apoya un par de correcciones técnicas para los condenados Hamid Ahmidan y Hassan el Haski. Sobre las indemnizaciones a las víctimas fijadas por la Audiencia Nacional, ciertamente generosas, el fiscal señala que "superan, con mucho, en casi todos los supuestos" el baremo de la Ley sobre Responsabilidad Civil. Pese a ello, corrige los módulos indemnizatorios para siete de las víctimas.

El Egipcio, según el fiscal, fue absuelto indebidamente porque la Audiencia Nacional le aplicó la sentencia de un tribunal de Milán que le había condenado por un delito equivalente al de pertenencia a banda armada. Sin embargo, el fiscal impugna los recursos de los que le consideran autor de asesinatos y estragos: "Que una persona avistara en los primeros días del mes de marzo al procesado en Morata de Tajuña o que en una conversación telefónica éste dijera que estuvo en el mes tres en España no constituyen de ningún modo prueba de cargo de su participación". El fiscal pide 10 años de prisión para El Egipcio.

El fiscal sostiene también que la condena de Abdelmajid Bou-char, alias El Gamo, el yihadista que huyó a la carrera del piso de Leganés donde se suicidaron siete de los principales autores de los atentados, fue "razonable". Bouchar fue condenado a 18 años de prisión de los 38.950 que le pidió la fiscal Olga Sánchez, pero fue absuelto de los homicidios y estragos terroristas.

La decisión de no reclamar la totalidad de la pena fue muy polémica, hasta el punto de que la junta de fiscales del Tribunal Supremo votó esa decisión por un estrecho margen de nueve a siete. Sin embargo, para el fiscal del Supremo, en el caso de Bouchar no existen pruebas convincentes de que realizara "actos objetivos de ejecución de los atentados" después de que una de las testigos que iba en uno de los trenes de la muerte el 11 de marzo y que supuestamente le había identificado rectificó en la vista oral.

Respecto al confidente Rafá Zouhier, el fiscal afirma que no conocía, "ni siquiera en términos generales, la acción criminal concreta que iban a llevar aquallos a quienes facilita el acceso a la dinamita". Se alinea así con la sentencia que le impuso sólo 10 años de prisión.

El abogado del Estado no recurre porque el Estado no ha sido condenado y la sentencia ya reconoce el derecho de la Administración a perseguir a los condenados por las indemnizaciones a las víctimas que ya ha adelantado. Todos los condenados han recurrido el fallo, como también lo ha hecho el absuelto Rabei Osman, Mohamed el Egipcio.


Fiscalía y cuatro acusaciones particulares recurren la absolución de El Egipcio

P.M./S,S. (ABC)

El Tribunal Supremo ve, a partir de hoy y durante tres días en sesiones de mañana y tarde, los 29 recursos de casación -presentados por seis acusaciones y 22 defensas- a la sentencia del 11-M, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional. Con la premisa de que los hechos probados por el Tribunal que presidió Javier Gómez Bermúdez son intocables -no está en cuestión, por tanto, que se trató del brutal ataque de una célula islamista-, la principal incógnita es conocer si el TS condenará finalmente a «El Egipcio», por el peor atentado de la historia de España, tal como piden la Fiscalía y cuatro acusaciones particulares.

Como se sabe, Rabei Osman fue absuelto por la Audiencia Nacional a pesar de considerar probada su pertenencia, junto con los ocupantes del piso de Leganés (que se suicidaron al verse acorralados por la Policía) a «células o grupos terroristas de tipo yihadista que (...) mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano occidental sustituyéndolos por un estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria».

Sin embargo, la Audiencia Nacional le absolvió por entender que debía beneficiarse del principio «non bis in idem», principio según el cual nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo delito. Y ello porque «El Egipcio» ha sido juzgado y condenado en Italia por pertenencia a organización terrorista antes de que comenzara en Madrid el juicio por el 11-M.

No obstante, la Fiscalía y cuatro acusaciones particulares consideran que no se le puede absolver por el principio de la cosa juzgada, ya que esa sentencia de Italia no es firme. Además, citan el tratado de Schengen, que permite la acumulación de sanciones impuestas en diferentes países y, por lo tanto, la posibilidad de juzgar a una persona por segunda vez y por los mismos hechos. La condición que impone es computar la primera pena a la hora de cumplir la segunda.

La Fiscalía, sin embargo, no apoya otros recursos presentados por las acusaciones particulares, en buena medida porque los hechos que declara probados la sentencia de la Audiencia Nacional son inamovibles salvo que sean irrazonables, lo que evidentemente no se produce en este caso.

Así, algunas acusaciones particulares piden que se condene a los hermanos Antonio y Carmen Toro, que mantenían una estrecha relación con el ex minero José Emilio Suárez Trashorras. Este individuo, condenado como cooperador necesario del 11-M, fue quien facilitó los explosivos de la matanza a Jamal Ahmidan, jefe de la célula de Madrid. Pues bien, la sentencia consideró que los hermanos no tuvieron «participación activa» en la preparación de los atentados. De Antonio, dice que se limitó a poner en contacto a «el Chino» y a Trashorras. La Asociación que preside Pilar Manjón considera a los hermanos cooperadores necesarios.

En cuanto a Rafa Zouhier, condenado a diez años por colaboración con banda armada y tráfico de explosivos, también son varias las acusaciones que han pedido que se le considere cooperador necesario. Sin embargo, el fiscal considera que no hay base probatoria para atribuirle esa condición puesto que «no consta que conociera, siquiera en términos generales, la acción concreta que iban a llevar a cabo los destinatarios del explosivo». Su papel, por tanto, se habría limitado a la intermediación en la venta de la dinamita.

En cuanto a Abdelmajid Bouchar, que huyó a la carrera del piso de Leganés y alertó a sus compañeros de célula de que estaban rodeados por la Policía, y que fue condenado a 18 años, la Fiscalía considera que habrían sido necesarias pruebas más contundentes para acreditar su participación en la colocación de las bombas. No piensa lo mismo la asociación que preside Pilar Manjón, que lo considera autor material de los atentados.

En cuanto a Hassan el Haski, el fiscal rechaza que se le impute el atentado pese a su condición de dirigente del Grupo Islámico Combatiente Marroquí (GICM). Para la Fiscalía esa circunstancia «no le hace responsable de forma automática de todos los atentados cometidos por los miembros de la banda», y habría que demostrar que hubo contacto directo entre el dirigente y el ejecutor.

En cuanto a Youssef Belhadj, considerado inductor durante la instrucción del sumario y finalmente condenado como simple miembro de banda armada y no como dirigente, la Fiscalía considera que no hay pruebas de esa inducción. Otras acusaciones, por su parte, consideran que al menos este individuo debe ser condenado como dirigente.

Lo mismo sucede con Fouad el Morabit, condenado por pertenencia y al que la acusación ejercida por la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo considera como dirigente.
Hay que destacar que la AVT no presentó ni un solo recurso de casación y que Ayuda a las Víctimas del 11-M sólo recurrió algunas de las indemnizaciones concedidas a familiares de fallecidos o heridos y aquellos casos de víctimas que la Sección Segunda no ha reconocido como tales. Primero durante la instrucción, y luego ya en el juicio, estas dos asociaciones defendieron con nulo éxito las llamadas teorías alternativas, que defendían la presencia de ETA en los atentados.